O R D E N A N Z A 4713
VISTO: El Expte. HCD 12490/21, por el cual se Solicita Modificar y/o Recategorizar personal de este H.C.D., y;
CONSIDERANDO: Que en el funcionamiento administrativo de esta Municipalidad y por consecuencia en este H.C.D., se han incorporado tareas que modifican el accionar diario, por ejemplo el diligenciamiento de los distintos expedientes a través del sistema GED Gestión Documento Electrónico.
Que este proceso se inició a principios del año 2020, teniendo su continuidad durante el presente año.
Que para poder incorporar este proceso, funcionarios del D.E. Municipal tuvieron la responsabilidad de capacitar al personal de este H.C.D.
La Presidencia (2020), de este Honorable Cuerpo llevo a cabo la designación de la persona para su aplicación, cuya continuidad fue avalada por las actuales autoridades.
Que la persona indicada para llevar a cabo esta tarea queda registrada en el sistema como “personal administrativo”.
Que a efectos de regularizar su situación y al no existir norma legal para estos fines, es preciso realizar la designación en el cargo para que lo habilite en la continuación de las tareas encomendadas.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).– Desígnese en el Cargo de Jefe División Administrativa- Clase 010- en la Planta de Personal Permanente del Honorable Concejo Deliberante, al Sr. FERNANDO ARIEL DANIELE – DNI N° 26.082.236, a partir del 01 de Enero de 2022, según lo establecido en Presupuesto 2022.-
ARTICULO 2°).- Dejese Sin Efecto a partir del 01 de Enero de 2022 la designación dispuesta en el Art. 1° de la Ordenanza N° 4604 en la persona del Sr. Fernando Ariel Daniele- DNI N° 26.082.236.-
ARTICULO 3°).- Autorizase al D.E. Municipal a efectuar las modificaciones Presupuestarias necesarias, a efectos de cumplimentar lo estipulado en la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4°).– Queda establecido que hasta tanto este Honorable Concejo Deliberante no dicte el Estatuto Personal Legislativo, la liquidación de haberes y toda otra tramitación que corresponda se realizarán en las mismas condiciones que a la fecha se practique, bajo el mismo régimen del Empleado Municipal. Percibirá la retribución establecida en la Escala de Sueldo Básico del Empleado Municipal.-
ARTICULO 5°).– Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.