Modificación Ordenanza 3937 Compensación

O R D E N A N Z A   4882

VISTO: El Expte.2024-04760479- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita modificación Ordenanza 3937, y;

CONSIDERANDO: Lo estipulado en la Ordenanza 3937

Que la Ordenanza 3937, establece un Adicional por Compensación Legislativa al Personal de este H.C.D.

Que al día de la fecha, los fundamentos expuestos en la Ordenanza de referencia, en cuanto al uso del Salón se mantienen en vigencia como así también las distintas funciones del personal que las llevan a cabo.

Que uno de sus fundamentos son especialmente las tareas que se deben realizar fuera de los horarios habituales y/o recarga horaria, como es la realización de distintas reuniones, capacitaciones por parte del D.E. Municipal y otras entidades no gubernamentales que se realizan los días sábados.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

                        O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).– Modifíquese el Art. 1° de la Ordenanza 3937, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“…Establécese al Sueldo del Personal de Planta Permanente que Prestan Servicio en el Honorable Concejo Deliberante, a partir del 1° de Junio de 2024, un 60% como “Adicional por Compensación Legislativa”, tomando como base el valor total que percibe de la Clase que revista sin tomar en cuenta el Salario Familiar, el que Será Remunerativo y Bonificable”.-

ARTICULO 2°).- Comunicar a la Dirección de Recursos Humanos y Contaduría Municipal de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a efectos de realizar las modificaciones presupuestarias para cumplimentar lo estipulado en el Art. 1° de la presente.-

Presidencia informará, al área que corresponda, mediante nota la nómina del personal que percibirá dicho adicional.-

ARTICULO 3°).- Comuníquese, Publíquese y dese al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA; A LOS DOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.