O R D E N A N Z A 3517
VISTO: El Expte. HCD 6728/08, por el cual se S/ Planificación Desarrollo Urbano-Rural, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de realizar en nuestro Departamento un desarrollo urbano y agrícola, planificado a fin de obtener un mejor aprovechamiento de los recursos naturales, productivos y turísticos, teniendo en cuenta las características de nuestra zona, en la que no deben, estos dos elementos, tomarse por separados.
Que es importante optimizar el uso de los recursos Departamentales como, zona cultivada, biodiversidad, cortina forestal contra las heladas, zona de riego, trazado de caminos, entre otros, a fin de lograr un mejor aprovechamiento a futuro de los distintos tipos de energía, desarrollo urbano, turístico.
Que por las características de nuestro Departamento, el turismo rural representa un recurso sustentable que no compite con nuestra actividad principal sino que se complementa como una alternativa económica importante para nuestra zona.
Que la planificación del desarrollo de zonas urbanas y cultivadas, posibilitarán un más amplio desarrollo de circuitos turísticos que beneficiarían a los productores como alternativa para los meses de invierno.
Que actualmente se deben adaptar los circuitos a un mapa o situación “no planificada”.
Que el desarrollo turístico a futuro no ocasione un impacto negativo o indeseado sobre la zona productiva y que ésta, a su vez, esté organizada para un mejor aprovechamiento de los recursos naturales y turísticos.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- El D.E. Municipal deberá arbitrar los recursos necesarios para realizar un diagnóstico y estudio de “situación actual” para la elaboración de un mapa de desarrollo urbano, rural, productivo y turístico Departamental, teniendo en cuenta la inserción del Departamento en el contexto Provincial y Nacional.-
Continuación Ordenanza 3517 (Hoja Nº 2)
ARTICULO 2º).- El estudio deberá ser realizado, por profesionales o entidades especializadas, reconocidas y que acrediten experiencia en investigaciones similares.-
ARTICULO 3º).- Autorízase al D.E. Municipal, a realizar las Modificaciones Presupuestarias necesarias para la contratación de un equipo especializado en un estudio Departamental del Ordenamiento Territorial.-
ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – –