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Declarar Interés Departamental “Día Internacional de la Paz”

O R D E N A N Z A 3511

VISTO: El Expte. HCD 6768/08, por el cual se S/ Declarar Interés Departamental “Día Internacional de la Paz”, y;

CONSIDERANDO: La necesidad de fomentar la educación para la paz, los derechos humanos y la democracia, la tolerancia, y la comprensión internacional y que el 17 de junio de 1982, la gran concentración de personas que marcó un día histórico para la humanidad en la sede la O.N.U., en que la Asamblea General de las Naciones Unidas instituyó el día 21 de septiembre, de cada año como el “Día Mundial de la Paz”.

Que con fecha 23 de octubre de 1995, el Gobernador de la Provincia de Mendoza, Declaró de Interés Provincial el “Día Internacional de la Paz” mediante el Decreto Nº 1467.

Que la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, mediante Resolución Nº 367 del 2 de septiembre de 1992, promueve la realización de actividades tales como enarbolar la Bandera Blanca de la Paz, junto a la Enseñanza Nacional, en espacios públicos e instituciones educacionales de la Provincia.

Que la Cultura de Paz es el conjunto de valores, actitudes y comportamientos que reflejan el respecto a la vida, de la persona humana y de su dignidad, de todos los derechos humanos; el rechazo de la violencia en todas sus formas y la adhesión a los principios de democracia, libertad, justicia, solidaridad, cooperación, pluralismo y tolerancia, así como la comprensión tanto entre los pueblos como entre los grupos y las personas sin importar sexo, etnia, religión, nacionalidad o cultura.

Que –como determina la Carta de la UNESCO- “desde que las guerras comienzan en las mentes de los hombres, es en las mentes de los hombres que la paz debe ser construida” y que “la paz debe ser por tanto fundada, su no ha de fracasar, sobre la solidaridad intelectual y moral de la humanidad”.

Continuación Ordenanza 3511 (Hoja Nº 2)

Que para que nosotros mismos y las generaciones venideras, podamos cosechar los frutos de esta Cultura de Paz, debemos actuar desde ahora; es preciso:
* Fomentar la educación para la paz, los derechos humanos y la democracia, la tolerancia, y la comprensión internacional;
* Proteger y respetar todos los derechos humanos, sin excepción alguna, y luchar contra toda forma de discriminación;
* Promover los principios democráticos en todos los ámbitos de la sociedad;
* Vivir la tolerancia y la solidaridad;
* Luchar contra la pobreza y lograr un desarrollo sostenible en provecho de todos, capaz de proporcionar a cada persona un marco de vida acorde con la noción de dignidad humana;
* Proteger y respetar nuestro medio ambiente.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Inclúyase el día 21 de Setiembre, en el Programa de Festejos Oficiales de la Municipalidad de General Alvear, en Conmemoración del “Día Internacional de la Paz”.-

ARTICULO 2º).- Declárase de Interés Departamental, las actividades que se realicen el día 21 de setiembre, el alusión el Día Internacional de la Paz.-

ARTICULO 3º).- Autorízase al D.E. Municipal, a realizar las Modificaciones Presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.-

ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –