O R D E N A N Z A 3446
VISTO: El Expte. 5523-“D”-07, por el cual el D.E. Municipal S/ Autorización Obtención Crédito Provincial, y;
CONSIDERANDO: Que el Superior Gobierno de la Provincia de Mendoza mediante Decretos Nº 64 y 1884. otorgó a ésta Municipalidad sendos adelantos de coparticipación en los términos del Art. 58º bis de la Ley Nº 3799 de Contabilidad de la Provincia, totalizando un monto de $ 2.300.000.- (Pesos Dos Millones Trescientos Mil), los que serían descontados durante el presente Ejercicio, en cuotas iguales y consecutivas, de las cuales al día de la fecha restan deducir la suma d $ 380.000.-
Que la situación financiera por que atraviesa el Municipio se ha tornado difícil a raíz de que forzosamente se tuvieron que efectuar diversas inversiones con la finalidad de incorporar bienes de capital (parque automotor obsoleto), y ejecutar Obras Públicas indispensables para mejorar la calidad de vida de los habitantes del Departamento.
Que los distintos accidentes climáticos soportados por nuestro Departamento, durante los últimos años, han generado importantes pérdidas económicas que directa o indirectamente influyen en las arcas municipales, disminuyendo la recaudación de Tasas y Derechos.
Que los hechos mencionados precedentemente, hacen necesario autorizar al D.E. Municipal a solicitar al Ministerio de Hacienda de la Provincia a transformar el saldo de los adelantos de coparticipación mencionados, en un crédito cuyo plazo de devolución se estipulada en doce (12) cuotas iguales, con vencimientos mensuales a partir del mes de Enero de 2008 y a garantizar el mismo con la Coparticipación Municipal que nos corresponde por la Ley Nº 6396 o de la Ley que en el futuro la sustituya.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Autorízase al D.E. Municipal, a transformar al saldo pendiente de pago de los adelantos de coparticipación por la suma de $ 380.000.- (Pesos Trescientos Ochenta Mil), otorgado oportunamente por el Gobierno de la Provincia de Mendoza, mediante Decretos Nº 64 y 1884, en un Crédito, a devolver en 12 (doce) cuotas iguales con vencimientos mensuales a partir del mes de Enero de 2008.-
Continuación Ordenanza 3443 (Hoja Nº 2)
ARTICULO 2º).- Autorízase al D.E. Municipal a garantizar el cumplimiento de las obligaciones que se asumen en virtud del Préstamo a solicitar, mediante la afectación de los Fondos de la Coparticipación Provincial que al Municipio le corresponden por aplicación de la Ley Nº 6396 o del régimen que en el futuro la sustituya.-
ARTICULO 3º).- Autorizase al D.E. Municipal a realizar todas las adecuaciones Presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza, y a dictar las reglamentaciones que fueren menester para el cumplimiento de las obligaciones derivadas en virtud del Préstamo solicitado.-
ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR MENDOZA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –