O R D E N A N Z A 3479
VISTO: El Expte. HCD 6282/08, por el cual se S/ Creación Programa Detección Obesidad Infantil, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de contar en el Departamento de General Alvear, con un registro actualizado en lo referente a Obesidad Infantil.
Que el registro requerido es indispensable para continuar y dimensionar el Programa de Obesidad Infantil, que lleva adelante el Municipio a través de la Dirección de Acción Social y Salud.
Que la Obesidad Infantil constituye un problema de Salud Pública y que es fundamental desterrar la idea o creencia que la gordura es sinónimo de salud en los niños y que con el desarrollo la superarán.
Que las afectaciones nutricionales de la infancia tienen repercusiones duraderas para el resto de la vida, y que la obesidad en niños es previctoria de la obesidad en adultos, siendo este desorden nutricional muy pocas veces motivo de consulta de los progenitores.
Que la obesidad es producto de 300 mil muertes al año, asociadas a enfermedades cardiovasculares, diabetes mellitas, alteraciones esqueléticas, hipertensión arterial, hipercolesterolemia y problemas psicosociales.
Que es necesario conocer la prevalencia de la misma en General Alvear y para ello se requeriría evaluar a la población infantil escolar de todo el Departamento en los 39 establecimientos escolares con que se cuenta y en base a los resultados obtenidos, se sugerirán las medidas y acciones a tomar.
Que es intención del grupo de nutricionistas locales de desarrollar esta tarea y el Municipio en el marco de sus atribuciones, debe estar presente y asumir las responsabilidades al respecto a los fines de coadyuvar el espíritu de la presente Ordenanza.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- La Municipalidad de General Alvear (Mza.), a través de la Dirección de Desarrollo Social y Salud, deberá disponer la creación y puesta en marcha de un relevamiento e investigación sobre Obesidad Infantil en todo el Departamento.-
Continuación Ordenanza 3479 (Hoja Nº 2)
ARTICULO 2º).- Para llevar a cabo lo dispuesto en el Art. 1º, la Municipalidad deberá trabajar en forma coordinada con el Hospital “Enfermeros Argentinos” y el Área Departamental de Salud y sus Áreas de Nutrición.-
ARTICULO 3º).- El D.E. Municipal, deberá llevar adelante una amplia campaña de difusión del Programa y de las consecuencias de la Obesidad Infantil.-
ARTICULO 4º).- Autorízase al D.E. Municipal, a celebrar los convenios correspondientes con los profesionales idóneos y autorizados por el Ministerio de Salud de la Provincia de Mendoza para cumplimentar lo dispuesto en la presente.-
ARTICULO 5º).- Autorízase al D.E. Municipal, a realizar las modificaciones presupuestarias, en el Presupuesto de Gastos en vigencia, con el objeto de crear la partida correspondiente de pesos veinticinco mil novecientos noventa ($ 25.900.-), para el cumplimiento de lo estipulado en la presente Ordenanza.-
ARTICULO 6º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL OCHO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –