O R D E N A N Z A 5010
VISTO: El Ex-2026-04226745- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Regulación y Programa Estacionamiento Escuelas, y;
CONSIDERANDO: La problemática vehicular que se produce diariamente en los horarios de ingreso y egreso de los establecimientos educativos ubicados en el radio comprendido por calles Ingeniero Lange, Roca, Mitre, Olascoaga y Roque Sáenz Peña de la ciudad de General Alvear.
Que en los horarios de ingreso y egreso escolar se registra una importante congestión vehicular ocasionada por el estacionamiento indebido y la detención prolongada de vehículos particulares frente a los establecimientos educativos.
Que dicha situación genera obstrucción de la circulación, maniobras peligrosas, estacionamiento en doble fila, reducción de la visibilidad y riesgos concretos para estudiantes, peatones, ciclistas y conductores.
Que resulta prioritario garantizar la seguridad vial de alumnos, docentes, familias y de toda la comunidad educativa.
Que los establecimientos educativos alcanzados por la presente son:
• Colegio San Antonio Nº P-30;
• Escuela Ingeniero Barraquero Nº 4-113;
• Escuela 12 de Agosto Nº 4-144;
• Escuela Capital Federal Nº 1-070;
• Escuela Carlos María de Alvear Nº 1-211;
• Escuela Especial María Teresa Araneo Nº 2-016;
• Jardín Exclusivo “El Principito” Nº 0-027;
Que resulta necesario implementar sectores exclusivos de detención momentánea destinados únicamente al ascenso y descenso de estudiantes durante los horarios de ingreso y egreso escolar.
Que dichos espacios permitirán mejorar el ordenamiento del tránsito, optimizar la fluidez vehicular y disminuir el riesgo de siniestros viales en zonas escolares.
Que la Ley Provincial Nº 9024 faculta a los municipios a adoptar medidas especiales de ordenamiento vial y señalización preventiva en resguardo de la seguridad pública.
Que la educación vial constituye una herramienta fundamental para la prevención de accidentes y la construcción de una convivencia responsable en la vía pública.
Que resulta imprescindible promover acciones conjuntas entre el Municipio, las autoridades educativas y las familias, fomentando hábitos seguros y el respeto por las normas de tránsito.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).– Créanse sectores exclusivos de detención momentánea destinados a ascenso y descenso de escolares en todas la Escuelas del Departamento.-
ARTICULO 2°).- Los sectores exclusivos de ascenso y descenso escolar tendrán una extensión aproximada de noventa (90) metros lineales cada uno, pudiendo la autoridad de aplicación modificar dicha longitud conforme a criterios técnicos y operativos de seguridad vial.-
ARTICULO 3º).– Las áreas destinadas al ascenso y descenso escolar deberán encontrarse debidamente delimitadas mediante demarcación horizontal, pintura vial reglamentaria y señalización preventiva, quedando expresamente prohibido el estacionamiento permanente de vehículos particulares dentro de dichos sectores.-
ARTICULO 4º).- Dispóngase la instalación de señalización vertical visible y reglamentaria indicando:
• “PROHIBIDO ESTACIONAR Y PERMANECER”.
• “EXCLUSIVO ASCENSO Y DESCENSO DE ESCOLARES”.-
ARTICULO 5º).– El uso indebido de los sectores establecidos por la presente constituirá infracción a la normativa provincial vigente en materia de tránsito, especialmente a lo dispuesto por la Ley Provincial Nº 9024 y sus normas complementarias.-
ARTICULO 6º).- La Dirección de Policía Vial Municipal será la autoridad de aplicación de la presente ordenanza, quedando facultada para:
a) Realizar controles preventivos y operativos de ordenamiento vehicular.
b) Coordinar acciones con las autoridades educativas de los establecimientos alcanzados.
c) Determinar los horarios de funcionamiento de los espacios exclusivos.
d) Labrar actas de infracción ante incumplimientos.
- Disponer medidas complementarias de prevención y seguridad vial en las inmediaciones de los establecimientos educativos.-
ARTICULO 7º).- Créase el “Plan Integral de Seguridad Vial Escolar”, el cual será coordinado por la Dirección de Policía Vial Municipal y tendrá por objeto promover acciones permanentes de concientización y educación vial en los establecimientos educativos alcanzados por la presente.-
ARTICULO 8º).- Las campañas de educación y concientización vial deberán abordar especialmente:
• Uso correcto de los espacios exclusivos de ascenso y descenso;
• Derechos y obligaciones de peatones;
• Normas de circulación para ciclistas;
• Conductas seguras en zonas escolares;
• Importancia del respeto a las señales y normas viales.-
ARTICULO 9º).– Las autoridades escolares colaborarán en la difusión y promoción de los contenidos de seguridad vial dentro de las instituciones educativas, fomentando la participación activa de estudiantes y familias.-
ARTICULO 10º).- El D.E. Municipal deberá elaborar y distribuir material gráfico informativo y campañas de difusión sobre el correcto uso de los espacios exclusivos y las normas básicas de seguridad vial destinadas a la comunidad educativa.-
ARTICULO 11º).- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para la implementación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 12º).- Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA; A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.