Ordenanza 5013 Creación Banco Solidario Materiales

O R D E N A N Z A   5013

VISTO: El Ex-2026-05007700- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Creación Banco Solidario de Materiales, y;

CONSIDERANDO: La actual crisis económica por la que atraviesa el País, la Provincia y el Municipio.

Que dada la situación de familias vulnerables existe una demanda de materiales de construcción por parte de los vecinos que no cuentan con recursos económicos para construir, refaccionar o ampliar sus viviendas.

Que se deben realizar acciones de intervención social que lleven al mejoramiento de la vivienda digna, que va a coadyuvar en el desarrollo integral de la persona y su entorno familiar.

Que desde el departamento ejecutivo municipal se deben implementar políticas de mejoramientos habitacionales con las que el ciudadano común puede colaborar aportando solidariamente materiales y mobiliarios en desuso, potenciando así las acciones solidarias de la sociedad y reforzando los lazos entre distintos sectores socioeconómicos de la ciudad, del estado, de las empresas y de las instituciones.

Que la creación de un banco solidario de materiales y mobiliario en desuso gestiona un sistema solidario donde intervendrá el municipio, el área de contingencias y el área de habitat en la recepción, elección y distribución de dichos materiales.

Que con esta iniciativa se colabora con el medio ambiente reutilizando y reduciendo la cantidad de materiales voluminosos, dándoles un nuevo uso.

Que la creación de este Banco solidario de materiales y mobiliarios en desuso fomenta la cooperación de distintos actores sociales en post de la calidad de vida de las familias más vulnerables, para mejorar sus viviendas.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Créase en el ámbito de la Municipalidad de General Alvear el “Banco Solidario de Materiales y Mobiliarios en Desuso” dependiente de la Dirección de Contingencias Sociales o la que en el futuro la reemplace.-

ARTICULO 2°).– Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA; A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.