S/ Reglamentación Construcción Nuevos Pasillos Cementerio

O R D E N A N Z A 3412

VISTO: El Expte. HCD 6386/07, por el cual se S/ Reglamentación Construcción Nuevos Pasillos Cementerio, y;

CONSIDERANDO: La situación originada por el estado de los pasillos internos del Cementerio de Ciudad, entre las nicheras particulares.

Que los pasillos internos entre las nicheras, presentan problemas que obstaculizan el paso de las personas, especialmente de nuestros mayores.

Que los mismos se encuentran desnivelados con los consiguientes riesgos de accidentes para los transeúntes, con el consiguiente costo en mantenimiento de los mismos (desmalezado, riego, limpieza, etc.).

Que es de suma importancia el de mejorar nuestro Cementerio, en cuanto a organización y fundamentalmente en su aspecto, en beneficio de quiénes aportan a través de las Tasas y Servicios.

Que es menester optimizar en la administración de los recursos que se destinan para el mantenimiento y funcionamiento del Cementerio.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- El D.E. Municipal, a través de la Dirección de Servicios Públicos, deberá a partir de la Promulgación de la presente Ordenanza, realizar los estudios y posterior ejecución de la obra de hormigonado de todos los pasillos internos del Cementerio del Departamento de General Alvear, Mendoza.-

ARTICULO 2º).- Esta obra será considerada como obra reembolsable, cuyo monto será prorrateado entre todos los propietarios de las nicheras y ese porcentaje se agregará en el ítem Cementerio, a partir del Año 2008 en el Boleto de Tasas y Servicios.-

ARTICULO 3º).- Los pasillos realizados en lugares donde todavía las nicheras no están construidas, al gasto del pasillo deberá agregársele al monto de la venta del lote.-

ARTICULO 4º).- Las personas que realizan canje de nichos por lotes, tendrán que pagar solamente el equivalente al valor resultante de la construcción del pasillo que le corresponde.-

ARTICULO 5º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL SIETE.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –