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A.P.I.D. S/ Condonación Deuda

O R D E N A N Z A 3436

VISTO: El Expte. HCD 6384/07, por el cual A.P.I.D. S/ Condonación Deuda, y;

CONSIDERANDO: Que directivos de A.P.I.D., remiten nota y documentación por la cual solicitan la condonación de deuda del terreno que fue adquirido por dicha institución al Sr. Américo Sánchez, a los efectos de proceder en esta Municipalidad a la transferencia del mismo, ya que dicha Asociación ya posee la Escritura Dominial respectiva.

Que dicha transferencia no se puede llevar a cabo, dado que el terreno en cuestión posee una Deuda por Tasas y Servicios Municipales, que según registros actualizados que se adjuntan, desde el tercer bimestre del año 2002 hasta la fecha.

Que el objetivo de la institución, una vez cumplimentado los pasos legales respectivos, es construir en el lugar un complejo educativo, de rehabilitación y social que pueda contener a las numerosas personas con capacidades diferentes de nuestro Departamento.

Que es sabido la enorme función social que cumple A.P.I.D. en nuestro Departamento desde hace muchos años, funciones que hoy se realizan en un local que no es propio ni adecuado para las necesidades de quiénes asisten a la misma.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Exímase a la Asociación de Protección Integral al Discapacitado de General Alvear (Mza.), de la Deuda por Tasas Y Servicios Municipales del Padrón Nº 3808-1 a partir del 3º bimestre del año 2002 hasta el 6º bimestre del año 2007, quedando las costas y accesorios legales a cargo del titular.-

ARTICULO 2º).- Una vez cumplimentado el Art. 1º de la presente Ordenanza, se procederá a Eximir del Pago de Tasas y Servicios Municipales al Padrón Nº 3808-1, encuadrándose a lo dispuesto en el Código Tributario y Ordenanza Reglamentaria en vigencia.-

ARTICULO 3º).- La Dirección de Rentas Municipal, deberá tomar debida nota de lo dispuesto en la presente Ordenanza y proceder en consecuencia.-

ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR MENDOZA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL SIETE.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –