O R D E N A N Z A 3497
VISTO: El Expte.3003-D-08 caratulado: D.E.: S/Adquisición Bienes y Maquinarias, y;
CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza 3482 se autorizó al D.E. Municipal a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias, a través de leasing o compra de los mismos, mediante la constitución de Derecho Real de Prenda con Registro, conforme a los términos de la Ley de Contabilidad Nº 3799.
Que con posterioridad se sancionó la Ordenanza 3485 mediante la cual se modificó el Artículo 1º y se derogó el Artículo 3º de la Ordenanza 3482.
Que el Proyecto de Ley que el Ejecutivo Provincial elevó a la Legislatura, contempla en su artículo 3º una tasa que no podrá superar el doce por ciento (12%), de interés anual; por lo que corresponde modificar nuevamente la Ordenanza 3482 sustituyendo el Artículo 2º de la misma, adecuándola a los términos del Proyecto de Ley Provincial.
Que la aprobación de una nueva Ordenanza modificando nuevamente la sanción 3482, puede acarrear confusiones y consecuentemente complicar el procedimiento para la adquisición de los bienes y maquinarias mencionadas oportunamente.
Que a los efectos legales la autorización de endeudamiento que el Honorable Concejo Deliberante otorga al D.E. Municipal debe ser claro y preciso.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Autorizase al D.E. Municipal a contraer un Empréstito que será destinado a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias, a través del Leasing o compra de los mismos mediante constitución de Derecho Real de Prenda con Registro, conforme a la legislación vigente, hasta una suma no superior a Pesos Cuatro Millones ($ 4.000.000,00)
ARTICULO 2º).- Establécese que dicha compra queda condicionada al Convenio a celebrarse con el Gobierno de la Provincia de Mendoza, dentro del marco de Tasa Subsidiada no mayor al doce por ciento (12%) de interés anual.-
Continuación Ordenanza 3497.- (Hoja Nº 2)
ARTICULO 3º).- Derogase las Ordenanzas Nº 3482 y 3485.-
ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL OCHO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –