O R D E N A N Z A 4848
VISTO: El Expte.2023-05992516- -GDEMZA-SECGOB#ALVEAR, por el cual la APIP Solicita Prórroga Donación, y;
CONSIDERANDO: Que por Ordenanza N O 2804 de fecha 20 de junio de 2001 se realiza la donación con cargo de una fracción de terreno, propiedad de la Municipalidad de Gral. Alvear, ubicado en la intersección de Calles Chapeaurrouge y Estanislao Zeballos de nuestra Ciudad, a la Administración Federal de Ingresos Públicos y cuyo cargo es la construcción del edificio propio de dicho organismo federal, con un plazo de quince (15) años para la ejecución del cargo establecido.
Que en fecha 07 de julio de 2016, mediante Ordenanza N O 4277 se lleva a cabo una prórroga por cinco (5) años de los plazos establecidos en la Ordenanza N O 2804, venciendo tal prórroga el día 03 de marzo del año 2021, solicitado por la AFIP para dar cumplimiento al cargo establecido.
Que con fecha 08 de agosto de 2023, el Jefe Interino de Distrito General Alvear de AFIP, remite una nota adj untando el Convenio suscripto entre la Municipalidad de Gral . Alvear y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en el cual se conviene una prórroga por cinco (5) años y cuyo vencimiento es en fecha 03 de marzo de 2026. Que la celebración del convenio en cuestión se produce después de casi dos años de producido el vencimiento de la prórroga establecida por Ordenanza N° 4277 y que a la fecha no se ve ni produce avance alguno de obra para dar cumplimiento al cargo establecido y aceptado por AFIP.
Que ante esto y antes de dar dictamen final al presente, se hace necesario solicitar documentación y/ u otros elementos que convaliden la realización del cargo establecido en la donación.
Que se solicitó Administración Federal de Ingresos Públicos(AFIP)
el Proyecto Ejecutivo de Obras, para con ello proceder a la ratificación del Convenio que nos trata, lo que fue remitido por ese organismo y adjuntado al presente.
Por ello, es que esta Comisión, por unanimidad, aconseja al Honorable Cuerpo la RATIFICACION del Convenio que corre agregado a fs. 2 y 3 del presente.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el CONVENIO DE PRÓRROGA DE CARGO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL, DE
INGRESOS PÚBLICOS Y LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR, a saber
«…Entre, por una parte, la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía (en adelante, «API representada en este acto por el Sr. Administrador Federal, Cont. Púb. Carlos Daniel CASTAGNETO, con domicilio en la Avenida Hipólito Yrigoyen 370, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y, por la otra parte, la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR (en adelante, «MUNICIPALIDAD» y conjuntamente con AFIP, «PARTES»), representado en este acto por el Sr. Intendente, Intendente, Lic. Walther MARCOLINI, con domicilio en Avenida Alvear Oeste N° 550 del Departamento de General Alvear, Mendoza, y
CONSIDERANDO:
Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS recibió de la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR en concepto de donación con cargo, conforme Escritura N° 261 de fecha 17 de diciembre de 2009, una fracción de terreno según plano de mensura y fraccionamiento visado por la Dirección Provincial de Catastro de la Provincia de Mendoza, de fecha 25 de junio de 2009 bajo el número 18/15318, ubicado en el Provincia de Mendoza, Departamento de General Alvear, Distrito Ciudad, con frente a la Calle Chapeaurouge esquina Estanislao Zeballos que se designa como Fracción II.
Que la APIP recibió de plena conformidad el bien donado, aceptando el terreno en el estado en que se encontraba y se comprometió a cumplir los cargos y condiciones impuestos a la donación realizada en un plazo no mayor a QUINCE (15) años a partir de la promulgación de las Ordenanzas del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Alvear.
Que mediante el Convenio N° 2—16 (ARIP) , de fecha 3 de marzo del 2016, la MUNICIPALIDAD prorrogó por un plazo de CINCO (5) años el previsto en la donación con cargo aceptada por la AFIP.
Que se encuentra vencido el plazo para la ejecución del cargo correspondiente y que la AFIP tiene ya desarrollado él proyecto, que cuenta con previsiones presupuestarias y se encuentra realizando el proceso licitatorio para llevarlo a cabo.
Por ello, las PARTES convienen:
PRIMERO: Que la MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR prorroga por un plazo de CINCO (5) años el previsto en la donación con cargo aceptada por la AFIP, contados desde el vencimiento de la prórroga suscripta el 3 de marzo del 2016, por lo que el nuevo vencimiento del plazo para dar cumplimiento al cargo de donación estipulado oportunamente operará el 3 de marzo del 2026.
SEGUNDO: Que dicha prórroga se hace ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Provincia de Mendoza.
En prueba de conformidad y previa lectura, las PARTES firman el presente y se registra en el Sistema de Gestión Documental Electrónico…».-
ARTICULO 2°).- Comuníquese, publíquese y dése al D. M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.