R E S O L U C I O N 5105-21
VISTO: El Expte. HCD 12410/21, por el cual se S/ Expendio Agua Potable Mercado Municipal, y;
CONSIDERANDO: El funcionamiento del Mercado Municipal y la preocupante situación sanitaria y epidemiológica que atraviesa nuestro País.
Que los Feriantes que periódicamente ofrecen sus productos, han tenido que abandonar el Predio comúnmente conocido como “Mercado Municipal” y trasladarse al predio ubicado sobre Calle Zeballos entre Calles Chaperrouge y Ciudad San Rafael respectivamente.
Que el traslado se debe al compromiso por parte del Ejecutivo Municipal de realizar refacciones y remodelaciones en el Predio emplazado sobre Calle Ciudad de San Rafael.
Que es importante resaltar la situación extraordinaria de Pandemia que atraviesa el mundo entero producto del COVID-19.
Que en lo que respecta a las condiciones de salubridad, el predio destinado para que los Feriantes y productores realicen sus actividades carecen de servicios que permitan garantizar condiciones mínimas acorde al momento sanitario.
Que en su mayoría asisten a ofrecer sus productos, ciudadanos mayores, entiéndase por estos a Adultos mayores y jubilados quienes merecen especial atención y cuidado.
Que después de varias conversaciones y estar presentes en el lugar, hemos podido constatar que los feriantes han realizado y cumplido con todas las exigencias requeridas por Inspección General y la Subdirección de Bromatología.
Que entendemos necesario una fuerte presencia por parte del Departamento Ejecutivo, que pueda garantizar condiciones mínimas de higiene y salubridad.
Que resulta necesaria la incorporación de Sanitarios Químicos y expendio de agua de red potable por el tiempo que la feria se realice en forma transitoria y excepcional en dicho lugar.
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º).- Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, por medio de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos Departamental, realice las tareas útiles y necesarias, de Sanitarios Químicos y expendio de agua de red potable por el tiempo que la feria se realice en forma transitoria y excepcional en dicho lugar.-
ARTICULO 2°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-