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Compra Repelente

R E S O L U C I O N   5433-24

VISTO: El Ex.2024-02136421- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Compra Repelente, y;

CONSIDERANDO: La situación del dengue en Mendoza con más de 200 casos autóctonos y 100 consultas por día.

Que el ministro de Salud y Deportes de la provincia, Rodolfo Montero, confirmó que la curva de crecimiento de casos de dengue es alarmante.

Que el ministro de Salud y Deportes, aseguró que Mendoza tiene 200 casos autóctonos de 300 pacientes confirmados. Durante la última semana los casos crecieron exponencialmente aumentado más de 450 %, una situación que se repite en el país.

Que En diciembre 2023 había 1 o 2 casos por semana, luego 1 o 2 por día y hoy tenemos 100 consultas por día, según informó el ministro y detalló que aumentaron el 15% en las guardias durante las últimas semanas.

Que los casos autóctonos de Dengue en Mendoza están en varios departamentos incluido General Alvear, según información del ministerio de salud.

Que es importante que la sociedad entienda que debe cuidarse, necesitamos generar conciencia en la población para evitar todos los lugares donde se puedan criar larvas.

Que por las experiencias en el COVID 19, se pueden realizar acciones de prevención y asistencia desde el municipio.

Que es nuestra función como órgano de gobierno municipal, el de cumplir con la Ley Orgánica de Municipalidades y la Constitución de la Provincia de Mendoza, al sancionar la siguiente Resolución para poder contar con la información detallada.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:

R E S U E L V E 

ARTICULO 1º).- Solicitar al D.E. Municipal que, a través de la Dirección de Contingencias, vea la posibilidad de la compra de Repelente para familias de escasos recursos encuadrados dentro del Plan de Asistencia Alimenticia.-

ARTICULO 2°).– Realizar las correcciones presupuestarias necesarias para solventar los costos que ocasionaran dichas compras.-

ARTICULO 3º).– Solicitar una coordinación directa con el hospital Enfermeros Argentinos y Área Departamental de salud para registrar las familias asistidas.-

ARTICULO 4º).-  Asistir a las familias mas alejadas del centro que no tienen acceso a las oficinas públicas.-

ARTICULO 5º).– Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.