O R D E N A N Z A 4892
VISTO: El Expte. 2024-04507086- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Creación Consejo Departamental Adulto Mayor, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de contar en el Departamento de General Alvear con un Consejo Departamental del Adulto Mayor.
Que es necesaria la creación del Consejo del Adulto Mayor el cual tendrá como finalidad promover un espacio de dialogo y escucha en relación a los diferentes temas que atañen a la calidad de vida de los adultos mayores.
Que es fundamental contar con un cuerpo asesor para la toma de decisiones en lo referido a temas que hacen a este sector etario en el Departamento de General Alvear.
Que a su vez tendrá como objetivo la colaboración y participación de diferentes sectores en la elaboración, aplicación y seguimiento de las políticas públicas referidas al tema.
Que a través de la Ley N° 27.360 Argentina adhiere a la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores donde se establecen pautas para promover, proteger y asegurar el pleno goce y ejercicio de los derechos de la persona mayor.
Que este grupo representa uno de los más vulnerables de nuestra sociedad, tanto en cuestiones económicas, de derechos y en acceso a la salud.
Que es importante llevar a cabo un trabajo en conjunto con los centros de jubilados y aquellos sectores comprometidos con las problemáticas que afectan a los adultos mayores, a fin de generar mecanismos adecuados para la contención de esta población.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).– Créase en el ámbito del Departamento de General Alvear, Mza; el “Consejo Departamental del Adulto Mayor”.-
ARTICULO 2º).– El Consejo estará integrado por:
- Un (1) representante del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear a designar por el cuerpo legislativo.
- Un (1) representante de los diferentes Centros de Jubilados del Departamento de General Alvear.
- Un (1) representante de Salud.
- Representantes del Departamento Ejecutivo a través del área de aplicación.
- El Consejo podrá invitar a otros miembros que considere de interés para el tratamiento de temas específicos a participar en las reuniones correspondientes, donde podrán hacer sus recomendaciones y/u opiniones.
- Reina del Adulto Mayor.
ARTICULO 3º).– Las funciones del Consejo Departamental del Adulto Mayor serán las siguientes:
- Generar un espacio de diálogo, escucha y participación de las personas adultas mayores de General Alvear.
- Promover el respeto y ejercicio de los derechos del adulto mayor.
- Elaborar un plan de relevamiento que identifique las necesidades específicas del sector.
- Coordinar acciones tendientes a mejorar la salud y calidad de vida.
- Promover la autorrealización, autonomía e inclusión de este grupo etario en la comunidad.
- Llevar a cabo programas vinculados a las necesidades del adulto mayor y su acceso a actividades culturales, deportivas, de esparcimiento y recreación.
- Coordinar eventos con las áreas correspondientes del Municipio.
- Promover acciones de prevención y concientización sobre el abuso y maltrato en la vejez.
- Diseñar políticas públicas que apunten a erradicar toda forma de maltrato en todos los ámbitos donde se desempeñan adultos mayores.-
ARTICULO 4º).- La Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza será la Dirección de Familia, o la autoridad que en un futuro la reemplace.-
ARTICULO 5º).- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.