R E S O L U C I O N 5289-22
VISTO: El Expte. 2022-05090806- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Creación Oficina de la Mujer, y;
CONSIDERANDO: La problemática que se encuentra instalada en nuestra sociedad, relacionada con violencia de género. Y que ya es un fenómeno histórico presente en gran parte de las culturas humanas, sin límite de edad, clase social, raza, ideologías o religión.
Que es una realidad ya insertada en nuestra sociedad y en donde los hechos son cada vez más violentos, aumentando las estadísticas considerablemente, en las cuales se sitúa a la mujer en una posición de inferioridad económica, social, cultural y emocional respecto de los hombres.
Que desde hace algunas décadas las distintas expresiones de este tipo de violencia comenzaron a ser concebidas como una violación a los derechos humanos. Sin embargo, en muchos lugares del mundo estos no llegan a ser reconocidos para las mujeres, ni respetado cabalmente en sociedades donde constitucionalmente han sido proclamados.
Que los compromisos internacionales en esta materia surgen en la década de los 70, a partir de los primeros estudios e investigaciones que manifiestan la existencia y práctica de verdaderas culturas de violencia contra la mujer en todo el mundo.
Que durante esa misma década, la Asamblea General de Naciones Unidas aprueba la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (1979), la cual insta a los Estados Partes a tomar medidas para modificar patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, eliminar prejuicios y prácticas basadas en la idea de inferioridad/superioridad de cualquiera de los sexos o funciones estereotipadas de género.
Que a partir de entonces, diversos encuentros internacionales han ido avanzando en la definición de conceptos e instrumentos que permiten identificar y abordar la violencia hacia las mujeres, quedando configurado que la violencia de género es una problemática compleja, cuya existencia se funda básicamente en la desigualdad existente entre hombres y mujeres, desigualdad que es construida culturalmente y que es legitimada y reproducida por las propias estructuras sociales.
Que la violencia de género asume distintas formas, desde la violencia emocional a la violencia física, desde el acoso u hostigamiento sexual hasta la explotación sexual y tráfico de mujeres y niñas; desde mutilaciones genitales hasta la esclavitud; desde violaciones masivas y torturas sexuales en tiempos de guerra hasta violaciones a mujeres y niñas refugiadas y desplazadas.
Que sin embargo, la expresión más común y perversa de la violencia que se ejerce contra las mujeres es la que se da en su entorno afectivo más cercano, particularmente la que ejercen sobre ellas sus parejas. (Cónyuges, convivientes, novios).
Que existe la ley nacional 24632 que incorpora la convención de Belem do Para o Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
Que a estos fines se incluirán las partidas presupuestarias necesarias para afrontar los gastos que demande su instrumentación. Además, la norma provincial dispone en el artículo 6º que: “Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, se deberá prever, en cada comisaría de la provincia, la existencia de personal policial capacitado en el tema de la prevención de violencia contra la mujer e intrafamiliar, en forma obligatoria y permanente, con el fin de atender a las víctimas con el mayor grado de privacidad posible en las salas habilitadas o que se habiliten a tal efecto.
Que la capacitación estará a cargo de instituciones gubernamentales especializadas en el tema, y universidades públicas y/o privadas con las cuales se celebren convenios”.
Que en sentido estricto la violencia es el defecto del estado de derecho. Es decir, el derecho viene a evitar las situaciones de violencia en la sociedad donde todo se resuelve por mano propia y donde en definitiva prima la ley del más fuerte. Por ello, podemos decir que el objeto del derecho es dar a cada uno lo suyo evitando así las situaciones de violencia entre las personas.
Que en este sentido, todo el ordenamiento jurídico tiene como fin prevenir, erradicar y en última instancia sancionar la violencia en las relaciones interpersonales. Todas las violaciones a la ley existente en un estado de derecho pueden interpretarse en términos de violencia.
Que toda contravención a una norma es en definitiva un acto que vulnera la justicia en las relaciones interpersonales, y por lo tanto, un acto de violencia donde el más fuerte impone «su ley» al más débil. Por ello, si bien el derecho en cada una de sus ramas intenta sustituir las relaciones de violencia por las de justicia, no puede pensarse en una ley general que busque impedir la violencia en la sociedad pues ese es el objeto del derecho.
Que combatir la violencia de Género es una obligación de todas las personas, pero las instituciones Públicas tenemos especialmente la responsabilidad, de promover tantas actuaciones como sean necesarias para conseguir erradicar una de las actitudes y comportamientos que hacen sufrir a tantas personas especialmente a las mujeres y que, en muchas ocasiones, les lleva hasta su muerte.
Que por eso es necesario crear un sitio especifico donde se proteja y contenga a las mujeres en situación de violencia y así se buscará fortalecer la estructura familiar.
Que de tal problemática surge la necesidad de trabajar conjuntamente, para dar respuestas a nuestras mujeres que son quienes tienen en sus espaldas la tutela de los valores de nuestros niños que serán los adultos de mañana.
Que esta oficina de la mujer, acompañará a una porción de la población femenina muy vulnerable, la creación de una red entre Policía de Mendoza, el Municipio de Gral. Alvear y las Organizaciones de la Sociedad Civil, a través de la mencionada oficina será apostar a una sociedad menos violenta, afianzado los lazos familiares como reconstrucción del tejido social.
Que sin duda, que de lo expuesto surge que a través de esta oficina, se intentara dar cumplimiento con las normativas internacionales, nacionales y provinciales, y este proyecto de resolución tiene como sentido reafirmar la idea y el concepto de que el Estado debe priorizar en todas sus áreas de gestión competentes: “la prevención de la violencia familiar.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º).– Solicitar al Gobierno de la Provincia de Mendoza, por medio del Ministerio de Seguridad se cree, la Oficina de la Mujer dentro del ámbito de la Comisaría Nº 14 del Departamento de General Alvear, que funciones las 24 horas.-
ARTICULO 2°).- Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios necesarios para el cumplimiento de la legislación nacional y provincial vigente relacionada con la problemática de la violencia familiar, en especial la observancia del Art. 6 de la ley 6.672. Asimismo, que por medio del Ministerio de Seguridad se dé efectiva realización a la formación de personal policial capacitado en la prevención de violencia familiar.-
ARTICULO 3º).- Envíese copia de la presente resolución a los legisladores que representan a General Alvear en la legislatura provincial.-
ARTICULO 4º).– Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-