Creación Partida Página Web “Sistema Pehuenche”

O R D E N A N Z A 3442

VISTO: El Expte. HCD 6471/07, por el cual se S/ Creación Partida Página Web “Sistema Pehuenche”, y;

CONSIDERANDO: La necesidad de difundir el desarrollo y control de gestión por El Paso Internacional El Pehuenche.

Que el mencionado Paso, ha pasado a ser un objetivo prioritario en la política exterior acordada por la República Argentina y la vecina República de Chile, fundamentalmente en cuanto a su integración física.

Que dicho Paso se transformará en el vector y motor principal del futuro desarrollo y crecimiento de regiones fronterizas vinculantes.

Que las acciones de integración binacional regionalizada datan desde hace varios años, donde se lucha por fortalecer las relaciones entre las Repúblicas de Argentina y Chile, por cuanto forman parte de una destacada dinámica internacional, con creciente tendencia hacia la configuración de agrupaciones de estados ligados por una comunidad de intereses culturales, económicos, sociales, etc., buscando por la vía de la integración la contemplación de un desarrollo conjunto y armónico entre ambos países.

Que es necesario impulsar todo hecho o acto útil integracionista para que las regiones involucradas se vean transformadas en una macro región binacional.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Créase una Partida Presupuestaria destinada a la Creación de la Página Interactiva Web “Sistema Pehuenche”, con el propósito de difundir el desarrollo y control de gestión del Paso Internacional El Pehuenche. Dicha Partida estará conformada por un pago único de $ 2040.-, para la creación del mismo y doce cuotas iguales de $170.- para el mantenimiento.-

ARTICULO 2º).- Autorizar al D.E. Municipal, a realizar las modificaciones Presupuestarias de Gastos y Cálculos de Recursos para poner en vigencia lo dispuesto en el Art. 1º de la presente Ordenanza.-

Continuación Ordenanza 3442 (Hoja Nº 2)

ARTICULO 3º).- Enviar copia de la presente al H.C.D. de Malargüe y San Rafael, a efectos de adherir a lo dispuesto en la presente Ordenanza.-

ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR MENDOZA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –