O R D E N A N Z A 4883
VISTO: El Expte. 2023-05819730- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Crea Programa “Días Seguros”, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de garantizar de forma accesible, gratuita y efectiva productos descartables de gestión menstrual a mujeres en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
Que es fundamental diseñar políticas públicas en el ámbito municipal, que posibiliten que niñas, adolescentes y mujeres accedan de forma gratuita a elementos de gestión menstrual promoviendo el cuidado de su salud, como asi también el acceso a la información necesaria sobre esta temática.
Que es una problemática visible en mujeres de situación socioeconómica vulnerable, quienes se ven limitadas para acceder a insumos de higiene y de salud menstrual.
Que es imprescindible reducir la desigualdad y reconocer como derecho el acceso a estos productos de básica y primera necesidad.
Que la provisión de los productos de gestión menstrual posibilitará que niñas y adolescentes de nuestro Departamento puedan asistir a la escuela durante su periodo menstrual, lo que permitirá reducir el porcentaje de ausentismo y deserción escolar en los establecimientos educativos.
Que la salud menstrual es reconocida por el Estado Argentino como parte del Derecho a la Salud integral, lo que implica entre otras cosas, que las Personas puedan acceder a sistemas sanitarios de calidad.
Que, en la Argentina, la reforma constitucional de 1.994, incorporó una serie de tratados internacionales de derechos humanos que reconocen, el derecho a la salud, a la autonomía, a la dignidad, entre otros.
Que esta norma legislativa tiene por objeto garantizar a toda persona que lo solicite de forma gratuita la entrega de productos descartables de gestión menstrual en áreas y lugares municipales determinados por la autoridad de aplicación.
Que este proyecto de ordenanza se sustenta en la legislación vigente de otros municipios que han avanzado en estos programas, así como también el proyecto de ley presentado en la Honorable Cámara de Diputados de Mendoza y por otra parte en el Congreso de la Nación.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Créase en el ámbito municipal el Programa de Gestión Menstrual denominado “Días Seguros” para garantizar el derecho a la gestión menstrual en condiciones igualitarias y dignas, con el objeto de proveer productos descartables en forma gratuita a todas aquellas mujeres en situación socioeconómica vulnerable que lo soliciten.-
ARTICULO 2º).– Autorícese al D.E Municipal a designar la Autoridad de Aplicación del Presente Programa, la que deberá encargarse de implementar las acciones tendientes a lograr los objetivos establecidos en el Artículo 1º de esta norma, e instrumentar campañas de promoción, difusión y educación en materia de gestión menstrual.-
ARTICULO 3º).- El Departamento ejecutivo dispondrá los ajustes presupuestarios correspondientes a fin de implementar los alcances de la presente ordenanza.-
ARTICULO 4º).– Comuníquese, publíquese y dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.