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Declarar Día del Abordaje Integral del Aprendizaje

O R D E N A N Z A 4631

VISTO: El Expte. HCD 12200/20, por el cual se Solicita Declarar Día del Abordaje Integral del Aprendizaje, y;

CONSIDERANDO: La Ley Nacional N° 27.306 “Declárase de Interés Nacional el Abordaje Integral e Interdisciplinario de los sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje” y la Ley de la Provincia de Mendoza N° 9.165 en Adhesión a la norma Nacional.
Que el Art. 14 de la Constitución Nacional establece que todos los habitantes de la Nación goza, entre otros, del derecho de enseñar y aprender, conforme las Leyes que reglamentan su ejercicio.
Que el Art. 75 de la Constitución Nacional en su Inc. 19, define que corresponde al Congreso sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales, que aseguren, entre otros, la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna.
Que la Ley de Educación N° 26.206 y su modificatoria, en su Art. 79 establece que el Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, fijará y desarrollará políticas de promoción de la igualdad educativa, destinadas a enfrentar situaciones que afecten el ejercicio pleno del derecho a la educación.
Que para conocimiento, DEA es la sigla que significa Dificultades Específicas del Aprendizaje. Se trata de alteraciones neurológicas, no dependen de la situación socio cultural por la que atraviesa el sujeto sino que nace con esa condición y lo acompaña durante toda su vida, que sin duda el factor emocional interfiere positivamente o negativamente en el tratamiento, motivo por el cual es necesario visibilizar y capacitar en la enseñanza y abordaje para personas con esas dificultades.
Que entre los DEA, existe la Dislexia Fonológica, Superficial y/o Mixta, la cual afecta al procesamiento de la lectura, escritura o el cálculo matemático, comúnmente denominadas dislalia, disgrafía y discalculia.

Continuación Ordenanza 4631 (Hoja N° 2)
Que los alumnos que tiene DEA, pueden tener dificultades en la escuela. Las consecuencias pueden ser leves, moderadas o graves. Y es importante tener en cuenta que estas alteraciones pueden presentarse solas, o pueden hacerlo con comorbilidades asociadas generalmente relacionadas con TADH, lo que complejiza aún más la situación de estas personas, por lo que con el apoyo adecuado pueden desarrollar un proceso de aprendizaje igual que cualquier otro niño.
Que el 4 de noviembre de 2016 es publicada en el boletín oficial la Ley Nacional N° 27.306, sancionada en octubre de ese mismo año, que declara de Interés Nacional el Abordaje Integral e Interdisciplinario de los Sujetos que presentan Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA).
Que la mencionada Ley y su Decreto Reglamentario 289/2018, con el objetivo de promover y garantizar el derecho a una educación de calidad de las personas con Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA), establecen el tratamiento integral y multidisciplinario del tema, la formación de los profesionales para detectar, diagnosticar y tratar las DEA, y la difusión del tema.
Que la Provincia de Mendoza, mediante Ley N° 9.165 adhiere a la Ley Nacional N° 27.306, la cual Declara de Interés Nacional el Abordaje Integral e Interdisciplinario de las personas que presentan DEA.
Que nuestro País considera que, instituyendo un Día Nacional de la Dislexia y las DEA (primer jueves de Octubre de cada año), contribuimos a generar espacios de reflexión, difusión y concientización para facilitar su detección temprana y adecuado tratamiento, así como también, las condiciones necesarias dentro del sistema educativo argentino y de la comunidad, en pos de una sociedad cada vez más inclusiva.
Que es necesario visibilizar y concientizar sobre las Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA) y para lo cual se ha dispuesto como Día Provincial y Nacional de las DEA el Primer jueves de Octubre de cada año y se lo simboliza con el color verde turquesa.
Que con el fin de impulsar y aportar para hacer efectivo el derecho a la educación de niños, niñas, adolescentes y adultos que presentan Dislexia y Dificultades Específicas del Aprendizaje es que se pretende la aprobación del presente proyecto.-

Continuación Ordenanza 4631 (Hoja N° 3)
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°).- Declárase el Día Departamental de Abordaje Integral e Interdisciplinario de los Sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA).-

ARTICULO 2°).- Adhiérase en el Departamento de General Alvear a la Ley Provincial N° 9.165 y Ley Nacional N° 27.306 la cual Declara de Interés Nacional el Abordaje Integral e Interdisciplinario de los Sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA).-

ARTICULO 3°).- Establécese el Primer Jueves de Octubre de cada año, como Día Departamental como símbolo al Abordaje Integral e Interdisciplinario de los Sujetos que presentan Dificultades Específicas del Aprendizaje (DEA), para tal fin se instituye la medida que a partir de la cero hora se proceda a la iluminación, de color verde turquesa, un espacio emblemático (monumento/edificio) del Departamento de General Alvear.-

ARTICULO 4°).- Dispóngase que la Dirección de Educación de la Municipalidad de General Alvear será la autoridad de aplicación para el cumplimiento de la presente Ordenanza y arbitrará las medidas necesarias para la organización de actividades de difusión, educación y concientización orientada a hacer conocer las características de este trastorno, en función de su detección temprana y adecuado tratamiento.-

ARTICULO 5°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE.- – – – – – – – – – – – – – – –