O R D E N A N Z A 4715
VISTO: El Expte. HCD 12622/22, por el cual se Solicita Adherir Decreto Nacional 17/2022 y Declarar Gral. Alvear “Ciudad Malvinera”, y;
CONSIDERANDO: Que el 2 de Abril de 1982 las Fuerzas Armadas y de Seguridad de nuestro país recuperaron las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, para incorporarlas al territorio nacional. El Reino Unido de Gran Bretaña reaccionó enviando una flota de más de 100 buques, con el apoyo de Estados Unidos de América y luego de intensos combates el 14 de junio de 1982 se firmó la capitulación.
Que el Presidente de la Nación a través del Decreto N° 17/2022 declara el Año 2022 como de homenaje del pueblo argentino a los caídos, así como a sus familiares y a los veteranos y las veteranas de Malvinas, dado que se cumplen cuarenta (40) años del Conflicto del Atlántico Sur suscitado entre nuestro país y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por la disputa de posesión sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes.
Que desde hace varios años el Departamento de General Alvear se ha caracterizado por realizar actividades en reconocimiento a los participantes en la gesta de Malvinas y recordar a los vecinos del Departamento que tenemos un territorio que, por geografía, historia y sangre derramada, es Argentino.
Que la gesta de Malvinas es una causa de unidad nacional, ya que todos los argentinos deseamos recuperar las Islas Malvinas, Sandwich y Georgias del Sur para el territorio nacional. Con dicha usurpación Gran Bretaña no solo ocupa y explota económicamente las islas mencionadas precedentemente sino también se apropia de los mares circundantes, la riqueza ictícola y petrolera; controla el pasaje bioceánico y podrá ratificar su pretensión sobre la Antártida.
Que corresponde a la dignidad de un pueblo recordar a quienes ofrendaron la vida en combate y reconocer a quiénes lucharon valientemente por la soberanía de nuestra Patria.
Que en el marco de la vigilia esperando cumplir cuarenta años de la gesta, impulsamos desde este H.C.D. continuar con acciones Malvinizadoras.
Que desde este H.C.D. se impulse la causa Malvinas como Política Pública mas allá del partido que le toque gobernar el municipio, creando un compromiso que perdure en el tiempo.
Que el Alvearense se convierta en un férreo defensor de la causa y a través de representantes sea un activo iniciador de propuestas.
Que se cree el compromiso de vestir al departamento, todos los dos de Abril, de celeste y blanco, con banderas en calles, plazas y reparticiones públicas, como así también incentivando al vecino que lo haga en su casa.
Que se impulse desde el Honorable Concejo Deliberante a que todo ex combatiente del departamento, pueda colocar su nombre en una placa en alguna de las aulas de la escuela en que concurrió sea primario o secundario.
Que la presente medida tiene como propósito de resaltar el reconocimiento y el homenaje del pueblo alvearense a los caídos y a sus familiares, y a los veteranos y veteranas de Malvinas con una perspectiva inclusiva y federal al cumplirse 40 años del conflicto bélico de Malvinas.
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).- El Municipio de General Alvear, Adhiere en todos sus términos al Decreto N° 17/2022 del Poder Ejecutivo Nacional por el que se Declara el Año 2022 como homenaje del pueblo argentino a los caídos en el conflicto de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, así como a sus familiares y a los veteranos y a los veteranas de Malvinas.
ARTICULO 2°).- Declarase al Departamento de General Alvear, Mendoza, “Ciudad Malvinera”.-
ARTICULO 3°).- El D.E. Municipal deberá continuar con la contención y reconocimiento a los Veteranos de la Guerra de Malvinas, en desfiles, actos escolares, otorgando beneficios en tasas y aranceles municipales a quienes se domicilien en el Departamento.-
ARTICULO 4°).- Disponese vestir de colores patrios al Municipio todos los 2 de Abril, en sus calles, plazas y reparticiones públicas.-
ARTICULO 5°).- Se reconoce como “Ex combatiente o veterano de Guerra de Malvinas” a todos los ex soldados conscriptos, personal de Oficiales, Suboficiales y Soldados de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad, que fueron destinados y los que intervinieron efectivamente en combate en las acciones bélicas llevadas a cabo en las jurisdicciones del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) desde el 2 hasta el 7 de abril de 1982) y del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS; desde el 7 de abril hasta el 14 de junio de 1982), y civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o apoyo en los lugares en que se desarrollaron estas acciones.-
ARTICULO 6°).- Créase un Registro de Veteranos domiciliados en General Alvear, a los fines de otorgarles beneficios en tasas y aranceles municipales.-
ARTICULO 7°).- Establécese, previa autorización de las autoridades escolares del departamento, colocar una placa recordatoria con su nombre en algunas de las aulas que curso su ciclo lectivo. Dicha placa llevara la leyenda “Aquí curso un Veterano de Guerra de Malvinas”, la que será provista por el Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mendoza.-
ARTICULO 8°).- Queda establecido que las autoridades escolares que autoricen su colocación, determinarán aula y lugar a colocarse la placa mencionada.-
ARTICULO 9°).- Establécese que la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será designada por el Departamento Ejecutivo Municipal.-
ARTICULO 10°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTIDOS. – – – – – – – – – – – — – – – – – – – – – – –