Derogar Ordenanza 2600 y nombrar Plaza Barrio El Nevado

O R D E N A N Z A   4870

VISTO: El Expte. 2024-03542362- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Derogar Ordenanza 2600 y Designación Nombre Plaza Bº El Nevado, y;

CONSIDERANDO: La solicitud de los vecinos del Barrio El Nevado de modificar el nombre de la Plaza ubicada en la intersección de Calle Ameghino y Entre Ríos, de la Ciudad de General Alvear.

Que, mediante la Ordenanza Nº 2600 de fecha 08 de septiembre de 1999 se designó a la Plaza con el nombre de “Florentino Ameghino”.

Que, por nota dirigida al Concejo Deliberante, los vecinos del Barrio El Nevado solicitan se modifique su denominación a «Plaza de la Tradición»; con el propósito de promover la historia y el valor de las tradiciones rescatando nuestra identidad nacional, cultural y popular.

Que, la iniciativa propuesta es producto del consenso entre vecinos, a fin de llevar adelante la puesta en valor del lugar y poder disfrutar de un espacio verde renovado.

Que, en el año 1975 se sancionó la Ley Nacional N* 21154 a través de la cual se establece el 10 de noviembre como *Día de la Tradición” en toda la República Argentina.

Que, el día de la tradición es el reconocimiento de nuestra identidad como país y se rinde homenaje al nacimiento de José Hernández (10/11/1834), poeta, político, militar y periodista argentino, que supo reflejar las vivencias y rindió tributo a la costumbre argentina.

Que, el presente Proyecto de Ordenanza procura otorgar identidad a un espacio público destinado a ser un lugar de encuentro para recreación, reuniones, eventos y actividades sociales.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Modifícase el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2600, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “…Desígnase con el nombre de “Plaza de la Tradición” a la Plaza ubicada en la intersección de Calles Ameghino y Entre Ríos del Barrio el Nevado de nuestra Ciudad…”.-

ARTICULO 2º).- El D.E. Municipal deberá llevar a cabo las acciones y gestiones necesarias, a fin de instalar la Cartelería correspondiente con el nombre de la Plaza, así como todo lo referido al mantenimiento del espacio verde mencionado.-

ARTICULO 3º).- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL  ALVEAR, MENDOZA, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL  AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.