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Derogar Ordenanza 4677 Terreno Alvear Oeste

O R D E N A N Z A   4761

VISTO: El Ex-2022-06229033- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se solicita Derogación Ordenanza Municipal N° 4677 y;

CONSIDERANDO: La Ordenanza Municipal N° 4677 establece la Donación con cargo de las Fracciones de terreno en Colonia Alvear Oeste.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Vivienda viene trabajando y abordando la necesidad habitacional mediante el Programa del IPV Mendoza Construye Línea I, “Créditos individuales”, habiendo logrado con éxito los mismos, es que se solicita la derogación de la Ordenanza Municipal N° 4677, ya que el procedimiento no se llevará a cabo como Barrio Mancomunado, como lo expresaba originalmente en su espíritu.

Que la Ordenanza sancionada en el año 2021 por este Honorable Cuerpo, tuvo la finalidad de contribuir para la donación con cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear, fracciones de terreno ubicadas frente a calle Centenario y esquina Calle 8 del distrito de Colonia Alvear Oeste.

Que en ese periodo, era la solución más adecuada y rápida para los interesados de poder acceder a la construcción de vivienda social propia.

Que la operatoria designada por la Ordenanza Municipal 4677, se encuadraba bajo la figura de Barrio Mancomunado, por lo que la donación de terreno, constituía punto clave para su desarrollo.

Que debido a las gestiones realizadas desde la Dirección de Vivienda, perteneciente a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Ejecutivo Municipal, se logró acceder al programa del IPV Mendoza Construye Línea I, “Créditos individuales”.

Que es parte del proceso, que cada postulante deba presentarse con Escritura Pública propia.

Que cada postulante ha resultado de forma positiva en la evaluación social tanto por la Dirección de Vivienda del Municipio, como así también ante el Instituto Provincial de la Vivienda, habilitándolos de esta manera al acceso de un crédito personal.

Que debido a la modalidad optada, y las formas y requisitos establecidos por el crédito personal, la Ordenanza 4677 bajo la figura de Barrio Mancomunado, queda obsoleta.

Que por los motivos expuestos anteriormente, se solicita el acompañamiento de este Honorable Cuerpo.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).– Deróguese la Ordenanza Municipal N° 4677/21, por los considerandos expuestos.

ARTICULO 2°).– Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.