O R D E N A N Z A 4890
VISTO: El Expte. 2024-05941689- GDEMZA-SECGOB#ALVEAR, por el cual la Secretaría de Gobierno Solicita Designación 3 Concejales, y;
CONSIDERANDO: La constitución del Jury de Tachas que regula la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1079.
Que, de conformidad con lo previsto en la norma citada, corresponde al Concejo Deliberante nombrar a tres Ediles, para que de manera conjunta con el Sr. Juez de Paz de Letrado y Tributario de Gral. Alvear, Mendoza y presidiendo por éste Magistrado, conformen el Jury de Tachas que tendrá a cargo la depuración del Padrón Electoral Municipal de Extranjeros.
Que el Jury indicado recibirá tachas y observaciones al padrón que formulen los partidos políticos o agrupaciones comunales inscriptos de acuerdo a la Ley Electoral y tiene las atribuciones, entre otras, que dispone el Art. 29º de la Ley 1079.
Que el Registro de Electores locales es exclusividad de cada comuna y corresponde a ésta la inscripción de ciudadanos extranjeros, publicación provisoria del Registro Municipal, depuración del mismo, nombramiento y construcción de los Jurys de Tachas y publicación definitiva del Registro Municipal.
Que lo precedentemente expuesto está regulado en los Arts. 15, 16, 17, 20, 22, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 31 y concordantes de la Ley 1079.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Desígnese a los Concejales: Sra. Gladys Raquel Yunes; Sra. Silvina Melzi y Sr. Néstor Ortega integrantes de éste Cuerpo Deliberativo, para que de manera conjunta con la Sra. Juez de Paz Letrado y Tributario de Gral. Alvear, Mza., Dra. Roxana Livellara y presidido por éste Magistrado, conformen el Jury de Tachas conforme lo disponen los Art. 27, 28 y concordantes de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1079.-
ARTICULO 2°).- El D.E. Municipal, una vez promulgada, deberá Remitir copia de la presente la Sra. Juez de Paz Letrado y Tributario de Gral. Alvear, Mendoza, Dra. Roxana Livellara.-
ARTICULO 3°).– Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.