O R D E N A N Z A 3394
VISTO: El Expte. HCD 6330/07, por el cual se S/ Destinar Partida Asociación Bomberos Voluntarios de Bowen, y;
CONSIDERANDO: La urgencia de la puesta en marcha del grupo de Bomberos Voluntarios en el Distrito de Bowen, Departamento de General Alvear, Mendoza.
Que en el mencionado Distrito, existe una Asociación de Bomberos Voluntarios, que cuentan con Personería Jurídica Nº 1294/A/2006-00917, cuyo principal propósito es colaborar con los organismos específicos en la prevención y lucha contra el fuego, inundaciones, catástrofes o siniestros que afecten la vida y los bienes de la comunidad.
Que la población de Bowen se ha manifestado en varias oportunidades, solicitando la Creación de un Cuerpo de Bomberos, motivo por el cual actualmente colabora de distinta manera con la Asociación recientemente creada.
Que los servicios que presta la Asociación de Bomberos Voluntarios, es totalmente desinteresada y movidos por el espíritu solidario.
Que el Distrito de Bowen, lamentablemente, cuenta con antecedentes de siniestros que han arrojado importantes pérdidas materiales y milagrosamente no han sido humanas, encontrándose el servicio de bomberos más cercano a 20 kilómetros.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Créase una Partida Presupuestaria destinada a la Asociación de Bomberos Voluntarios del Distrito de Bowen, Departamento de General Alvear, Mza., de $ 6.000.-, distribuidos en 12 cuotas iguales de $ 500.- mensuales cada una y a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º).- Autorizase al D.E. Municipal a Modificar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, para poner en vigencia lo dispuesto en el Art. 1º de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL SIETE.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –