Día Mundial Contra Trata de Personas

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VISTO: El Expte. 2024-05030324- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Designa Día Mundial Contra la Trata de Personas, y;

CONSIDERANDO: La Resolución A/RES/68/192 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que designa el 30 de julio de cada año como el Día Mundial contra la Trata de Personas, con el objetivo de visibilizar y promover acciones frente a esta grave violación a los derechos humanos en nuestras comunidades.

Que los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos sin importar su raza, sexo, nacionalidad, etnia, lengua, religión o cualquier otra condición. Los derechos humanos incluyen el derecho a la vida y a la libertad, libertad de esclavitud y tortura, libertad de opinión y expresión, derecho a trabajar y a la educación y muchos otros. Todo el mundo es beneficiario de estos derechos, sin discriminación.

Que se entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países.

Que la esclavitud es el crimen organizado de más rápido crecimiento en el mundo. Siendo real, oculto a simple vista, desgarrando el tejido social de cada nación y estructura económica. Millones de personas alrededor del mundo viven en esclavitud. Es una industria que genera $150 billones de dólares.

Que en nuestro país se sancionó la Ley N° 26.364 y su modificatoria N° 26.842 que tiene por objeto implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas.

Que según el portal de datos del programa Justicia Abierta, en lo que va del año, se registraron 812 denuncias; una denuncia por trata cada cinco horas, un promedio de cinco por día. Entre ellas, 121 relacionadas con explotación de menores.

Que de acuerdo con los datos oficiales, de las 812 denuncias por trata de personas realizadas, 121 fueron por explotación laboral o sexual de niños, niñas o adolescentes, y por material de abuso sexual contra menores.

Que conforme a los datos del Programa de Rescate y Acompañamiento a Víctimas de Trata, del Ministerio de Justicia de la Nación, desde 2008 hasta el 31 de mayo de 2024 se han rescatado y/o asistido a 20.854 víctimas.

Que en lo que va del año 2024 llevan 594 víctimas rescatadas o asistidas, de los cuales 29 eran menores de edad.

Que la trata de personas es una realidad que va en aumento, es fundamental de que cada comunidad de nuestro país se comprometa en la erradicación de la trata de personas.

Que es necesario fomentar la concientización y prevención de trata de personas en la comunidad, uniendo esfuerzos en conjunto con las organizaciones que trabajan en el tema.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).– Adhiérase el Municipio de General Alvear a la Resolución A/RES68/192 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que designa el 30 de Julio de cada año como el Día Mundial Contra la Trata de Personas.-

ARTICULO 2º).– Establézcase en el Departamento de General Alvear el 30 de Julio de cada año como “Día Mundial Contra la Trata de Personas”.-

ARTICULO 3º).- Impleméntese la colocación y señalización en los colectivos de transporte público y polideportivos del Departamento de General Alvear, brindando información sobre la prevención de la trata de personas y promoviendo la línea 145 para denuncias.

La señalización y cartelería deberán incluir, pero no limitarse a:

  1. Información clara y concisa sobre que es el tema de personas.
  2. Señales de alerta y comportamiento sospechosos a los que la ciudadanía debe estar atenta.
  3. Procedimiento para realizar una denuncia anónima y segura a través de la línea 145.
  4. Información sobre recursos y apoyo disponibles para víctimas de trata de personas.-

ARTICULO 4º).- Encomiéndase al D.E. Municipal que, en el marco de este día se diseñen y ejecuten campañas de concientización en diferentes medios de comunicación (radio, televisión, redes, carteles, folletos y grafitis comunitarios) para educar a la población del Departamento sobre la problemática de la trata de personas, los factores de riesgo y las estrategias de prevención.-

ARTICULO 5º).- Promuévase la realización de campañas de formación destinadas al personal municipal con el objeto de actualizar y fortalecer las habilidades de los mismos para detectar indicios de trata o explotación de personas.-

ARTICULO 6º).- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL  ALVEAR, MENDOZA, A LOS DOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL  AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.