O R D E N A N Z A 4902
VISTO El EX-2024-07187688- -GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el cual SINDICATO TRABAJADORES INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACIÓN Solicita DISTRACTO DE LA ORD. 4454; y
CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, “Trapal Ingeniería S.A” CUIT 30-70822800-8”, solicita el Distracto de una fracción de terreno donada mediante Ordenanza N° 4454 e inscripta a favor de la Municipalidad de General Alvear, Mendoza, en Matricula N° 14.270/18 D 02, procédase a Distractar parte de calle III sin nombre, totalizando una superficie de según título y según mensura de: trescientos treinta con trece decímetros cuadrados (330,13 m²).-
POR ELLO: el Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mendoza, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Acéptese el Distracto de una fracción de terreno donada mediante Ordenanza N° 4454 e inscripta a favor de la Municipalidad de General Alvear Mendoza, en Matricula N° 14.270/18 D 02. Procédase a Distractar parte de calle III sin nombre, totalizando una superficie de según título y según mensura de: trescientos treinta con trece decímetros cuadrados (330,13 m²), la que se ocupa de acuerdo al siguiente detalle:
Distracto parcial de calle III donado por Ord. N° 4454:
Superficie S/T y S/M; 330,13 m², medidas lineales y linderos, Norte: 20,00 m con Cooperativa de Vivienda La Primera, Sur: igual medida con calle pública IV, Este: 16,50 m con Trapal Ingeniería SA, Oeste: igual medida con Trapal Ingeniería SA.
ARTICULO 2º) Por Dirección de Rentas Municipal se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respectivos según corresponda a las fracciones de terreno donadas.-
ARTICULO 3º) Procédase a realizar la Inscripción Registral a favor de la Municipalidad de General Alvear, Mendoza, del Distracto de la fracción de terreno donada a la apertura de calles, anotada en Folio Real, Matricula Nº 14270/18 fecha de escrituración 08/02/2013, fecha de inscripción 11/12/2014.-
ARTICULO 4º) La presente Distracto de Donación se realiza conforme lo normado por el Articulo 71 Inc. 4 de la Ley 1079 y Artículos 1542, 1553 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. –
Artículo 5º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.