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Donación Sin Cargo Roberto Doroschuk

O R D E N A N Z A   4814

VISTO: El Expte. 2021-06561158-GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el    cual se Solicita Sr. Roberto Doroschuk Hace Donación Sin Cargo, y;

CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, el Sr. Roberto Doroszcuk, DNI 21.376.436, y   Pedro Adolfo Martínez, DNI 10.658.339, hacen DONACIÓN SIN CARGO a  favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción    de terreno destinada a la apertura de calles, correspondiente al fraccionamiento que se realiza en el distrito de Bowen, totalizando  una superficie global de: Según Titulo y Según Mensura: veinte mil cincuenta metros cuadrados (20.050 m2 ) , con las medidas lineales, linderos y demás detalles que se individualizan y figuran en el    plano de anteproyecto, cuya discriminación se consignara en la escritura traslativa de dominio que llevara a cabo el Escribano interviniente .

Que resulta conveniente a los intereses Municipales afectar la  donación sin cargo efectuada.

Que en el expediente del rubro se registran los antecedentes de la donación mencionada. —

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:

R E S U E L V E

ARTICULO 1°).- Aceptase la Donación Sin Cargo de la fracción de Terreno del Sr. Doroszcuk Roberto, DNI 21.376.436, y Martínez Pedro Adolfo, DNI 10. 658.339, hacen DONACIÓN SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción de terreno destinada a la apertura de calle, correspondiente al      fraccionamiento que se realiza en el Distrito de Bowen, totalizando  una superficie global de: Según Titulo y Según Mensura: veinte mil cincuenta metros cuadrados (20.050 m2 ) , la que se ocupa de acuerdo  al Siguiente detalle:.

DE LA MATRICULA N* 16638/18:

Apertura de Calle 1: Superficie S/M y S/T 4. 980,00 m2: medidas lineales y linderos; Norte: en 249,00 m con más terreno de los donantes, Sur: igual medida con más terrenos de los donantes, Este:  20, 00 m con Avda. Domingo Faustino Sarmiento, Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.

Apertura de Calle 2: Superficie S/M y S/T 4.400,00 m2: medidas  lineales y linderos; Norte: en 20,00 m con Asoc. Amigos Festival      de la Ciruela, Sur: igual medida con Matías Carreño, Este: en dos tramos totalizando 230,00 m con más terrenos de los donantes,     Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.

Apertura de Calle 3: Superficie S/M y S/T 4. 400, 00 m2: medidas lineales y linderos; Norte: en 20,00 m con Asoc. Amigos Festival      de la Ciruela, Sur: igual medida con Noelia Ampuero, Este: en dos tramos totalizando 230,00 m con más terrenos de los donantes,      Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.

Apertura de Calle 4: Superficie S/ M y S/ T 2.090,00 m2 : medidas lineales y linderos; Norte: en dos tramos totalizando 209, 00 m con Asoc. Amigos Festival de la Ciruela, Sur: igual medida con más   terreno de los donantes, Este: 10,00 m con Avda. Domingo Faustino Sarmiento, Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.

Apertura de Calle 5: Superficie S/ M y S/ T 4.180,00 m2 : medidas lineales y linderos; Norte: en dos tramos totalizando 209, 00 m más terrenos de los donantes, Sur: igual medida con Noelia Ampuero y  Matías Carreño, Este: 20, 00 m con Avda. Domingo Faustino Sarmiento, Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.

ARTICULO 2°).– Por Dirección de Rentas Municipal se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respectivos según corresponda a las fracciones de terreno donadas. 

ARTICULO 3°).- Procederá a realizar la Inscripción Registral a    favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de las    fracciones de terreno donadas a la apertura de calles, anotado en  folio Real, Matricula 16638/18, Asiento A—l fecha 29/12/2017 fecha    de escrituración 27/12/2017.

ARTICULO 4°).— Facultase al D.E. Municipal para designar el o los Profesionales encargados de llevar a cabo las gestiones, trámites y diligencias que sean necesarias para la Inscripción Registral a que se refiere el ART. 3″ de la presente Ordenanza.

ARTICULO 5°).- La presente Donación se realiza conforme Io normado  Por el Art. 71 Inc. 4 de la Ley 1079 y Art. 1542, 1553 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.

ARTICULO 6°).— Comuníquese, Publíquese y Dése al D. M. — DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.