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Donacion Sin Cargo Roberto Doroschuk

O R D E N A N Z A   4770

VISTO: El Expte. 2021-06561158- -GDEMZA-SECOBYSERV#ALVEAR, por el cual el Sr. Roberto Doroschuk Hace Donación Sin Cago, y;

CONSIDERANDO: Que conforme surge de las actuaciones obrantes en el expediente del rubro, el Sr. Roberto Doroszcuk, DNI 21.376.436, y Pedro Adolfo Martínez, DNI 10.658.339, hacen DONACION SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción de terreno destinada a la apertura de calles, correspondiente al fraccionamiento que se realiza en el distrito de Bowen, totalizando una superficie global de: Según Titulo y Según Mensura: veinte mil cincuenta metros cuadrados (20.050 m2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que se individualizan y figuran en el plano de anteproyecto, cuya discriminación se consignara en la escritura traslativa de dominio que llevara a cabo el Escribano interviniente.

Que resulta conveniente a los intereses Municipales afectar la donación sin cargo efectuada.

Que en el expediente del rubro se registran los antecedentes de la
donación mencionada.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Aceptase la Donación Sin Cargo de la fracción de Terreno del Sr. Doroszcuk Roberto, DNI 21.376.436, y Martínez Pedro Adolfo, DNI 10.658.339, hacen DONACION SIN CARGO a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.) de una fracción de terreno destinada a la apertura de calle, correspondiente al fraccionamiento que se realiza en el distrito de Bowen, totalizando una superficie global de: Según Titulo y Según Mensura: veinte mil cincuenta metros cuadrados (20.050 m2), la que se ocupa de acuerdo al siguiente detalle:
Apertura de Calle 1: Superficie S/M y S/T 4.980,00 m²: medidas lineales y linderos; Norte: en 249,00 m con más terreno de los donantes, Sur: igual medida con más terrenos de los donantes, Este: 20,00 m con Avda. Domingo Faustino Sarmiento, Oeste: igual medida con más terreno de la donante.

Apertura de Calle 2: Superficie S/M y S/T 4.400,00 m²: medidas lineales y linderos; Norte: en 20,00 m con Asoc. Amigos Festival de la Ciruela, Sur: igual medida con Matias Carreño, Este: en dos tramos totalizando 230,00 m con más terrenos de los donantes, Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.

Apertura de Calle 3: Superficie S/M y S/T 4.400,00 m²: medidas lineales y linderos; Norte: en 20,00 m con Asoc. Amigos Festival de la Ciruela, Sur: igual medida con Noelia Ampuero, Este: en dos tramos totalizando 230,00 m con más terrenos de los donantes, Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.

Apertura de Calle 4: Superficie S/M y S/T 2.090,00 m²: medidas lineales y linderos; Norte: en dos tramos totalizando 209,00 m con Asoc. Amigos Festival de la Ciruela, Sur: igual medida con más terreno de los donantes, Este: 10,00 m con Avda. Domingo Faustino Sarmiento, Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.

Apertura de Calle 5: Superficie S/M y S/T 4.180,00 m²: medidas lineales y linderos; Norte: en dos tramos totalizando 209,00 m más terrenos de los donantes, Sur: igual medida con Noelia Ampuero y Matias Carreño, Este: 20,00 m con Avda. Domingo Faustino Sarmiento, Oeste: igual medida con más terreno de los donantes.-

ARTICULO 2º).– Por Dirección de Rentas Municipal se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respectivos según corresponda a las fracciones de terreno donadas.-

ARTICULO 3º).- Procederá a realizar la Inscripción Registral a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de las fracciones de terreno donadas a la apertura de calles, anotado en folio Real, Matricula 1983/18, Asiento A-6 fecha 03/01/2017 fecha de escrituración 29/12/2016.-

ARTICULO 4º).- Facultase al D.E. Municipal para designar el o los profesionales encargados de llevar a cabo las gestiones, tramites y diligencias que sean necesarias para la Inscripción Registral a que se refiere el ART.3°) de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 5º).– La presente Donación se realiza conforme lo normado por el Art. 71 Inc.4 de la Ley 1079 y Art. 1552, 1553 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.-

ARTICULO 6º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-