O R D E N A N Z A 4689
VISTO: El Expte. 2021-01146717, por el cual el Sr. Echevarría Darío Armando hace Donación de Terreno Sin Cargo, y;
CONSIDERANDO: Que conforme surgen de las actuaciones obrantes en el Expte. del rubro, el Sr. Echevarría Darío Armando – DNI N° 25.700.794, hace Donación Sin Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a la apertura de calle proyectada en esta Ciudad, totalizando una Superficie Global de: Cuatrocientos Cuatro Metros Cuadrados (404,00 mts2), con las medidas lineales, linderos y demás detalles que las individualizan y figuran en el Plano de Mensura, cuya discriminación se consignará en la Escritura Traslativa de Dominio que llevará a cabo el Escribano interviniente.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).- Acéptase la Donación Sin Cargo de la fracción de Terreno ofrecida por el Sr. Echevarría Darío Armando – DNI N° 25.700.794, hace Donación Sin Cargo a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de una fracción de terreno destinada a la apertura de calles proyectada en esta Ciudad, totalizando una Superficie Global de: Cuatrocientos Cuatro Metros Cuadrados (404,00 mts2), la que se ocupa de acuerdo al siguiente detalle:
Apertura Calle Proyectada: Superficie: 404,00 mts., medidas lineales y linderos: Norte: en 20,00 mts. Con Iboldi Mauricio Oscar; Sur: 20,00 mts. Con Nieto Isabel Nancy; Este: en 20,20 mts. con más terreno del donante; Oeste: igual medida con mas terreno del donante.-
ARTICULO 2°).- Por Dirección de Rentas Municipal se procederá a efectuar las anotaciones pertinentes en los Padrones respectivos según corresponda a las fracciones de terreno donadas.-
ARTICULO 3°).- Procédase a realizar la Inscripción Registral a favor de la Municipalidad de General Alvear (Mza.), de la fracción de terreno donada, anotado en folio Real, Matrícula N° 21550/18.-
ARTICULO 4°).- Facúltase al D.E. Municipal para designar él o los Profesionales encargados de llevar a cabo las gestiones, trámites y diligencias que sean necesarios para la Escrituración a que se refiere el Art. 3°) de la presente.-
ARTICULO 5°).- La presente Donación se realiza conforme lo normado por el Art. 71 – Inc. 4 de la Ley 1079 y Arts. 1810; 1811; 1826 y concordantes del Código Civil.-
ARTICULO 6°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –