Expropiación Terrenos Ferrocarril

O R D E N A N Z A   4960

VISTO: El Ex-2025-03290796- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el que se Solicita Expropiación Terrenos Ferrocarril, y;

CONSIDERANDO: Solicitar Declarar Utilidad Pública Inmueble ubicado entre Ruta 188, calle circunvalación hacia el este, prolongación calle Chacabuco al norte y hacia el oeste calle Libertad.

La necesidad y responsabilidad de que la Municipalidad de General Alvear de garantizar la movilidad y accesibilidad y seguridad de los habitantes de la ciudad de General Alvear, Mendoza.

Que el presente proyecto de Ordenanza tiene por objeto declarar de utilidad pública y sujeta a expropiación un inmueble ubicado entre Ruta Nacional 188; circunvalación y calle Libertad de la Ciudad de General Alvear, Mendoza.

Que este proyecto se enmarca en el crecimiento demográfico y residencial de la Ciudad que se expande hacia los cuatro puntos cardinales, con la consiguiente necesidad de la construcción y desarrollo de un proyecto de terminal de ómnibus y accesorios que permitan un fácil, cómodo y seguro acceso mejorando la conectividad y eficiencia del transporte público.

Que conjuntamente condice con el polo Educativo de UGACOOP al cual los estudiantes tendrían fácil acceso Que este crecimiento permitirá así la correcta urbanización de la zona.

Que para que exista un tránsito fluido y seguridad en la zona donde confluyen dos barriadas importantes del departamento y en crecimiento permitiendo una urbanización y forestación de la zona.

Este punto no es menor, siendo que los árboles son excelentes filtros para contaminantes atmosféricos, sonoros urbanos y atrapar partículas finas como el polvo, la suciedad o el humo del aire en las hojas y la corteza.

Que la mejora urbana de las ciudades permite un mejor ordenamiento social, una mayor integración y un fuerte impulso al desarrollo comunitario. Ciudades limpias, ordenadas y desarrolladas urbanísticamente generan un ambiente de armonía y cohesión social, pero también refuerzan el atractivo que impulsa nuevos flujos migratorios y de inversiones.

Que existe el pedido de los vecinos de la zona solicitando el mejoramiento del sistema de cloacas que se encuentra pasando el predio en cuestión una estación de bombeo, ya que redundará en mejoras en la salud de los habitantes que residen en el lugar.

Que se acompaña un informe de dominio de la propiedad a los efectos necesarios para el tratamiento de este proyecto.

Que este inmueble se encuentra en desuso hace más de 4 décadas.

Que según el art. 75 inc. 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades 1079, determina que corresponde al Concejo Deliberante. ”Ordenar la apertura y ensanche de calles…”, y en su inc.2 del mismo artículo establece: “no podrá abrirse calles al servicio público sin la previa aprobación del Concejo Deliberante…”

Que por todos los motivos anteriormente detallados, solicito el acompañamiento de mis pares.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Declárase de Utilidad Pública y sujeto a Expropiación el inmueble identificado con la Nomenclatura Catastral 1801020007000001000009, de una superficie de 15 has. 8800 mts2 ubicado en Ruta 188, Calles Circunvalación, Prolog. Chacabuco y Libertad de nuestra Ciudad, con el objeto de la Construcción de la futura Terminal de Ómnibus y Accesorios.-

ARTICULO 2°).- Remitir la presente a la Legislatura de la Provincia de Mendoza a los efectos que realice las acciones pertinentes para la expropiación del inmueble especificado en el Art. 1º.-

ARTICULO 3º).- Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA; A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.