Fideicomiso Industria

O R D E N A N Z A   4919

VISTO: El Expte. 2024-08157494- -GDEMZA-SECDESARR#ALVEAR, por el cual se Solicita Fideicomiso Industria, y;

CONSIDERANDO: La necesidad de continuar con apoyo a las industrias locales.

Que el Municipio ha definido como política pública el acompañamiento al sector productivo de General Alvear tanto agrícola como industrial, ganadero, de servicios, tecnológicos e innovación a través de programas y/o fideicomiso y/o líneas de financiamiento para facilitar la producción, cosecha, acarreo, industrialización y comercialización de la actividad frutícola, vitícola, hortícola, forrajera, ganadera (apícola, bovina, porcina, avícola y caprina) , Servicios (turismo, comercio gastronomía, textiles, transporte y servicios en general) desarrollo tecnológico e innovación (software, hardware, energías renovables, biotecnología y otros que pudieran surgir) propias de nuestro Departamento.

Que en el mismo sentido el Ministerio de Economía y Energía de la

Provincia de Mendoza desarrolla herramientas e intenta integrar políticas a través de distintos programas, fideicomisos y líneas de financiamiento para lograr el estímulo y acompañamiento mencionado en el párrafo anterior.

Que, a través de Mendoza Fiduciaria S.A., Administradora Provincial del Fondo u otros entes, se asiste y financia a emprendedores, productores e industriales de la provincia y el departamento con diversos programas, fideicomisos y líneas de financiamiento para el capital de trabajo y/o inversiones que estimulen la producción de bienes y servicios.

Que el municipio ya viene desarrollando en los últimos años una política de garantizar a los emprendedores, productores e industriales departamentales con la coparticipación municipal la toma de los diferentes programas, fideicomisos y líneas de financiamiento.

Que el municipio asegura su acreencia con pólizas de caución, la recepción, acopio y guarda de los productos en garantía (similar sistema Warrants), y/o implementación de otros modos según la conveniencia y oportunidad del caso respectivo, hasta tanto sea cancelada la deuda de cada emprendedor, productor o industrial con

Mendoza Fiduciaria, Fondo de la Transformación y el Crecimiento u otra entidad crediticia.

Que de los programas, fideicomisos y líneas de financiamiento realizados según la mencionada metodología en los últimos 6 años, en ningún caso fue necesaria la ejecución de la garantía dispuesta por la Municipalidad de General Alvear, lo que expresa la seriedad y efectividad de la herramienta implementada.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Autorícese al D.E. Municipal, a garantizar mediante la coparticipación en los impuestos provinciales a favor del “Fideicomiso de Asistencia a la Actividad Agroindustrial de la Provincia de Mendoza», «Fideicomiso de Administración y Asistencia Financiera Vitivinícola», «Fideicomiso de Adquisición de Insumos Vitivinícolas», «Fideicomiso de Administración del Fondo Compensador Agrícola», «Fideicomiso para el Financiamiento a Productores Afectados por Contingencias climáticas», Fideicomiso de Innovación Tecnológica» u otros que pudieran surgir pertenecientes a Mendoza Fiduciaria S.A. u otro organismo crediticio, hasta un total máximo de $ 200.000.000 (Doscientos millones de pesos), y el cumplimiento de las obligaciones que asumen en virtud del contrato a celebrar por cada emprendedor, productor O industrial con Mendoza Fiduciaria S.A. u otros organismos crediticios para financiar el capital de trabajo e inversiones de producción, cosecha, acarreo, industrialización y comercialización de la actividad frutícola, vitícola, hortícola, forrajera, ganadera (apícola, bovina, porcina, avícola y caprina) servicios (turismo, comercio, gastronomía, textiles, transporte y servicios en general); desarrollo tecnológico e innovación (software, hardware, energías renovables, biotecnología) y otros que pudieran surgir.-

ARTICULO 2º).- Autorícese el D.E. Municipal a instrumentar los diferentes medios para asegurar la acreencia que dicha garantía representa con pólizas de Caución, recepción, acopio y guarda de los productos en garantía (similar sistema warrants), o implementar otro modo según la conveniencia y oportunidad del caso respectivo, hasta tanto sea cancelada la deuda de cada emprendedor, productor industrial con Mendoza Fiduciaria S.A. u otra entidad crediticia.-

ARTICULO 3º).- Autorícese al D.E. Municipal, a través de la Secretaria de Desarrollo y Promoción Departamental quien estará a cargo de la aplicación y desarrollo de la presente ordenanza, a dictar las respectivas resoluciones y decretos reglamentarios necesarios para su instrumentación y aplicación.-

ARTICULO 4º).- Comuníquese, publíquese y dese al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL  ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIOCHO DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.