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Fondo del Deporte Gral. Alvear

O R D E N A N Z A   4855

VISTO: El Expte. 2024-02152411- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Creación Fondo del Deporte General Alvear, y;

CONSIDERANDO: La necesidad de generar recursos con destino a deportistas del medio.

Que es necesario crear un organismo que asesore sobre la recaudación, administración y su rendición de cuentas de manera eficiente y transparente, en apoyo y acompañamiento de la Dirección de Deporte Municipal.

Que en referencia a lo expuesto y considerando que la administración en deportes no cuenta con presupuesto para el deporte federado u organizado asociativamente, como así lo tienen otros municipios de la Provincia de Mendoza, la presente norma pretende obtener una herramienta efectiva para el desarrollo y la sustentabilidad del deporte amateur y federado del Departamento.

Que es menester la consideración de la creación de tal organismo para asistir de manera orgánica y planificada a las disciplinas que más lo necesiten dentro de un orden establecido, previa reglamentación, de las prioridades y recursos existentes.

Que para ello es necesario establecer una relación entre:

  • Necesidades y nivel organizativo de la institución/disciplina.
  • Arancelamiento de la actividad.
  • Alcances de la propuesta.
  • Niveles de competencia.

Que se destaca que la prioridad será asistir a las actividades que se desempeñen en nuestro medio, principalmente aportando el capital deportivo de desarrollo local.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).– Créase el Fondo Económico para el Deporte, en el ámbito de la Municipalidad de General Alvear, (Mza.).-

ARTICULO 2º).- Autorízase al D.E. Municipal a Crear una Partida Presupuestaria por un valor inicial de Pesos Doce Millones ($ 12.000.000.-) en la jurisdicción de la Dirección de Deportes, creando para ello una cuenta bancaria única, en donde se depositarán también los fondos recaudados por ventas de entradas de todo espectáculo que realice dicha Dirección, la venta de carnet de colonias y todos otros ingresos de todo tipo que genere la misma; para el uso exclusivo y de acuerdo a los objetivos y metas que tiene la Creación del Fondo Económico para el Deporte, debiendo funcionar el mismo dentro de los alcances y regulaciones según las disposiciones legales vigentes en la administración pública.-

ARTICULO 3º).– Los beneficiarios  del Fondo Económico del Deporte serán aquellas personas físicas o jurídicas que disponga el ente  organismo regulador.-

ARTICULO 4º).– Será Autoridad de Aplicación y Funcionamiento del Fondo Económico para el Deporte la Dirección de Deportes de la Municipalidad de General Alvear (Mza.).-

ARTICULO 5º).– Del Ente u Organismo Asesor: La Autoridad de aplicación tendrá la función de conformar un ente u organismo asesor, no vinculante, para cumplir con los objetivos propuestos, miembros que no serán ni tendrán ninguna relación de dependencia laboral, con el gobierno local, para lo que también llevará a cabo la reglamentación para su funcionamiento de acuerdo las normas y reglamentaciones vigentes para el funcionamiento de este tipo de entes u organismos, como su composición; reuniones, periodicidad y alcances de su accionar.-

ARTICULO 6º).– La Dirección de Deportes Deberá llevar a cabo, dentro de los Treinta Días (30) de aprobada la presente, la Reglamentación de la Ordenanza, remitiendo la misma a este Honorable Cuerpo para su conocimiento.-

ARTOCILO 7º).– Comuníquese, publíquese y dése al D.M..- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL  ALVEAR, MENDOZA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL  AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-