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Implementación Manual Procedimiento Municipal Contingencias Climáticas

O R D E N A N Z A 4654

VISTO: El Expte. HCD 12251/20, por el cual se Solicita Implementación Manual Procedimiento Municipal Contingencias Climáticas, y;

CONSIDERANDO: Las contingencias climáticas que afectan año tras año al departamento y zonas aledañas, como son; heladas, granizo, lluvias, vientos, incendios.
Que año tras año el Estado Municipal se ve afectado por diferentes situaciones de contingencias climáticas, con las obligaciones en su función, dentro de sus capacidades económicas como recursos humanos, y el generar acciones de manera rápida para los productores agropecuarios del departamento.
Que es necesario la creación de un manual básico de procedimientos ante las contingencias, que permita ordenar los pasos a seguir para poder alcanzar el objetivo.
Que con esta herramienta se establecen medidas a tomar, las tareas a realizar, los recursos que se necesitan, de una manera planificada y organizada, y de esta forma estar mejor preparados para enfrentar situaciones de emergencia a través de un conjunto de procedimientos alternativos a la operatividad normal.
Que contar con un protocolo, el cuál indique una serie de pasos a seguir, con sus responsables, y que se activan según las características del evento, que pueden quedar reflejados en un manual de procedimientos.
Que se deben tener en cuenta un conjunto de normas, procedimientos y acciones básicas de respuesta que se deben poner en funcionamiento para actuar de manera inmediata y poder afrontar la problemática de manera oportuna, adecuada y efectiva.
Que es relevante consensuar los objetivos con un criterio y una visión global teniendo en cuenta la solidez económica con la que cuenta un pequeño productor como así también los grandes productores que cuentan con otra posibilidad o solvencia económica.

Que hay que tener en cuenta que el sector no solo depende de las inclemencias del tiempo, sino también, que está influenciado por las variaciones económicas que pueden ocurrir en los principales mercados externos e internos.
Que el manual debe contar también con acciones de prevención y mitigación frente las inclemencias que afectan a la producción.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°).- Créase en el ámbito de la Municipalidad de General Alvear, el Manual de Procedimientos ante Eventos Climatológicos Naturales que afectan el sector Agrícola, contenido en el Anexo I que integra y forma parte de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2°).- Autoridad de Aplicación: La Secretaría de Desarrollo Departamental, a través de la Dirección de Agricultura tiene a su cargo y responsabilidad de asistir técnica y financieramente a los productores durante la emergencia e inmediatamente posterior a ella para restablecer la capacidad productiva, económica y social posterior a la declaración del estado de emergencia agropecuaria, debiendo el mismo proceder de acuerdo al Manual de Procedimiento creado en el Art. 1° de la presente.-

ARTICULO 3°).- Beneficiarios: Productores del Departamento de General Alvear, afectados por algún evento climatológico natural en sus cultivos y/o actividad agrícola.-

ARTICULO 4°).- Facúltase al D.E. Municipal para que, a través de la autoridad de aplicación de la presente norma, proceda a incorporar procedimientos y actividades, como también elementos que permitan la operatividad y aplicación eficiente y transparente del Manual de Procedimiento instituido, y en forma inmediata en un plazo que no supere los 30 días de promulgada la misma, proceda a su reglamentación, la que tendrá plena vigencia para su cumplimiento efectivo.-

ARTICULO 5°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. – – – – – – – – – – – – – – – –

ANEXO I

MEDIDAS INMEDIATAS PARA DETERMINAR EL RIESGO
1) Determinar cuáles son las amenazas que están poniendo en peligro la producción, que pueden ser de origen climático o biológico.
Cada tipo de amenaza podría poner en riesgo una parte de la producción. Tener en cuenta la frecuencia y periodicidad con que una amenaza se presenta, sea varias veces por año, una vez al año, cada una cierta cantidad de años, así como la estacionalidad: durante el verano, invierno u otra estación del año.
2) Priorizar las amenazas principales teniendo en cuenta las más recurrentes y que suelen tener un impacto adverso considerable en la producción.
Puede ser útil contar con registros históricos de eventos climáticos extremos o de infecciones por plagas, para priorizar las amenazas según su severidad y periodicidad.
3) Estimar las perdidas y daños a través de datos históricos de rendimiento. Cualquier cambio en el rendimiento en una misma hectárea con el mismo manejo entre diferentes años se puede adjudicar a una amenaza.
4) En un tiempo prudencial no mayor a 5 días delimitar la zona afectada.
5) Una vez analizado los riesgos que amenazan cada hectárea se procede a seleccionar la estrategia, sobre todo cuando los recursos para invertir son escasos.
6) Cada estrategia debe disponer de diferentes medidas y/o herramientas para lograr el efecto esperado.
7) Que se permitan ajustes en base al monitoreo constante de los avances y resultados. Una mejor disponibilidad de información o acceso a nuevas tecnologías puede ayudar a tomar mejores decisiones.
8) Declarar en el departamento la emergencia agropecuaria siempre y cuando la dimensión del daño así lo requiera, lo que permitirá gestionar financiamiento al gobierno de la provincia y de la Nación.
9) La autoridad de aplicación debe generar una base de datos con toda la información que se detalla en los puntos anteriores, lo que ayudará en la toma de decisiones.
10) Tienen prioridad aquellos que sufrieron daños y necesitan inmediatamente de productos químicos para no perder los frutales.
11) Llevar a cabo una campaña masiva de información y difusión de este manual de procedimientos como así también de las disposiciones tanto provinciales, nacionales y municipales que se tomen respecto a las emergencias climáticas, con el fin de que los productores estén en conocimiento de los mismos.-