Incluir Comercios instalados en Establecimientos Educacionales Diversidad Alimentaria

O R D E N A N Z A 3745

VISTO: El Expte. HCD 7843/11, por el cual se Solicita Incluir Comercios instalados en Establecimientos Educacionales Diversidad Alimentaria, y;

CONSIDERANDO: Que es necesario generar ámbitos de inclusión social, basados en la alimentación en los establecimientos escolares.

Que los niños y jóvenes de nuestro Departamento pasan gran parte de su tiempo en las instituciones escolares a las que concurren.

Que el compartir los momentos de recreación incluye generalmente la ingesta de alimentos dentro de las escuelas y la mayoría de las veces adquiridas en el mismo establecimiento.

Que aquellos jóvenes y niños que, por diversos motivos relacionados con la salud, no pueden ingerir los alimentos que usualmente se ofrecen a la venta en los kioscos (ver otra denominación) escolares; conllevando así indirectamente a un sentimiento de discriminación al no sentirse iguales a quiénes pueden consumir todo tipo de alimentos.

Que existen niños y jóvenes con patologías muy comunes como diabetes, celíacos, exceso de peso, dificultades gastrointestinales que requieren la ingesta de alimentos específicos para la conservación de su salud.

Que este Honorable Concejo, brega constantemente por la salud, buenos hábitos alimentarios, como así también por la inclusión e igualdad de todos los habitantes de nuestro Departamento.

Que los kioscos ubicados dentro de las instituciones educativas, si bien son un comercio de pequeña magnitud, es muy relevante la función social que cumplen.

Que es menester ayudar desde este Concejo, tanto al comerciante, como al consumidor a estrechar vínculos entre ellos, satisfaciendo mutuamente sus necesidades.

Que sería beneficioso para toda la comunidad educativa el consumo de alimentos saludables, mucho de ellos productos regionales, incentivando así su consumo también extra escolar.-

Continuación Ordenanza 3745 (Hoja Nº 2)

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Todos los comercios instalados dentro de los establecimientos escolares, cualquiera sea su nivel, incluirán dentro de los productos que ofrecen, alimentos aptos para celíacos, diabéticos y bajos en calorías.-

ARTICULO 2º).- Aquellos comercios que no cuenten con refrigeración, no estarán obligados a la venta de productos que necesitan de la misma.-

ARTICULO 3º).- Autorizase al D.E. Municipal a realizar las capacitaciones necesarias al personal de Inspección General, a fin de tener los conocimientos suficientes a la hora de controlar que la presente Ordenanza se cumpla.-

ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL ONCE. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –