Inclusión Banda Municipal en Ordenanza Nº 1607

O R D E N A N Z A 2828

VISTO: El Expte. HCD 3780/01, por el cual el Jefe de Museo Municipal S/ Inclusión Banda Municipal en Ordenanza Nº 1607, y;

CONSIDERANDO: Que el Jefe de Departamento del Museo Municipal de Historia Natural y el Director de la Banda de Música Municipal, solicitan a este Concejo Deliberante la inclusión en la Ordenanza Nº 1607 sobre «Protección de Bienes Culturales y Reservas Naturales», a la Banda de Música Municipal.

Que el pedido se basa en el deber de proteger los Bienes Culturales Departamentales a fin de que permanezcan en el tiempo como testimonio del pasado, para referenciarnos históricamente y proyectarnos hacia el futuro con una identidad particular.

Que de acuerdo a datos históricos, la primera actuación de la Banda de Música fue el 20 de setiembre de 1912, la cual amenizaba los carnavales, kermeses, romerías, actos oficiales y fiestas familiares.

Que el Acta de Sesión del 18 de junio de 1913 de la Comisión de Banda Municipal de Colonia Alvear, bajo la Presidencia de Dn. Guillermo Lange, en su cuarto punto se acuerda conceder al Director de la Banda de Música local, Dn. Juan Rian, una asignación mensual de cincuenta pesos para el fomento de la Banda y compra de útiles, con la obligación de tocar todos los domingos en la Plaza una retreta y dar preferencia a las fiestas que se organicen en la Villa.

Que la Banda de Música Municipal se encuadra dentro de lo preceptuado en el Art. 2º – Inc. c) de la referida Ordenanza, que dice: …»obras debidas al genio individual o colectivo, referidas a las bellas artes, literatura, música, ciencias y tecnología y cualquier otra expresión cultural, representativa del hombre de esta Comunidad.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).- Encuádrese dentro de la Ordenanza Nº 1607 a la Banda de Música Municipal, sus instrumentos y accesorios, todo esto en base a los considerandos arriba expuestos.-

ARTICULO 2º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.- – – – – – – – – – – – – – – – – –

FDO.
RICARDO S. GIORDANO WALTER N. SAENZ

GRAL. ALVEAR, 18 de octubre de 2001.-

POR TANTO: Téngase por Ordenanza Municipal Nº 2828.-

Comuníquese, Publíquese y dése al D.M.-

CARLOS A. FERRARO Prof. EDUARDO J. AMEZQUETA
Secretario de Gobierno Intendente Municipal