Incorporar Modificación Fondo Compensador Agrícola

R E S O L U C I O N   5484-24

VISTO: El Expte.2024-06019662- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Incorporar Modificaciones Fondo Compensador Agrícola, y;

CONSIDERANDO: El nuevo Fondo Compensador Agrícola 2024 en la Provincia de Mendoza.

Que es necesario contar con una herramienta que asista al pequeño y mediano productor que año tras año debe afrontar con los daños que producen las heladas y el granizo en nuestra zona.

Que según las estadísticas y condiciones climatológicas el sur provincial es donde se presentan con mayor intensidad los daños por granizo y heladas en los distintos cultivos, consideraciones que se evidencian en el mayor costo de la prima por hectárea, en el fondo compensador agrícola referido.

Que resulta oportuno elevar una propuesta concreta como el de modificar el inicio de la primera cuota del pago de la prima, que con lo dispuesto originariamente es el 30 de agosto de 2024, trasladándose al 30 de noviembre de 2024, y así las cuotas restantes a los meses de diciembre, enero y febrero, independientemente de que cada productor se inscriba y opte por los beneficios del Nuevo Fondo Compensador Agrícola, en las fechas ya estipuladas.

Que además consideramos que puede ser eficiente para esta herramienta, el incorporar la posibilidad de que el productor pueda optar el tipo de cultivo y cantidad de hectáreas a asegurar, dentro de las declaradas en el R.U.T.

Que es conveniente, la realidad de aquellos productores que cuenten con malla antigranizo, y además sea un productor asociado a cooperativas, o cualquier otra organización, se contemple el valor de la prima de acuerdo a su capacidad financiera.

Que es atender las inquietudes y demandas, es donde el rol del Estado debe asistir a los pequeños y medianos productores, con el respaldo adecuado como lo es de ser garante, teniendo en cuenta que el agricultor antes del mes de noviembre recién puede obtener fondos genuinos para afrontar el pago de la primer cuota de este seguro, sea con su producción en caso de no sufrir los efectos de heladas, o en caso de ya haber sufrido daños según lo estipula la reglamentación del Fondo Compensador Agrícola, se le descuente en el momento de recibir el beneficio.

Que, como órgano de gobierno representativo de la comunidad, y  mas de quienes son productores agrícolas, es procedente acudir a las autoridades del gobierno provincial, a fin de que se  contemple aportes para que se incorporen a este nuevo Fondo Compensador Agrícola.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:

R E S U E L V E 

ARTICULO 1º).- Solicitar al Sr. Ministro de la Producción del Gobierno de la Provincia de Mendoza, Lic. Rodolfo Vargas Arizu, proceda a atender las siguientes propuestas en concreto y fundamentadas en los considerandos de la presente, a saber:

  1. Trasladar la fecha de vencimiento de la primera cuota del seguro al mes de noviembre, modificando la actual fecha que es el 30 de agosto, y a los meses de diciembre, enero y febrero, las cuotas restantes.
  2. Incorporar que el productor pueda optar el tipo de cultivo y cantidad de hectáreas a asegurar, dentro de las declaradas en el R.U.T.
  3. Contemplar una alternativa para aquellos productores que hayan invertido en la tela antigranizo y además sea miembro de cooperativa, teniendo en cuenta su situación crediticia,  pueda contar con un descuento en la cobertura en los daños por heladas.-

ARTICULO 2°).- Solicitar a los Señores Legisladores, de ambas cámaras legislativas de la provincia de Mendoza, se aboquen a realizar las acciones y gestiones necesarias a fin de lograr incorporar al Fondo Compensador Agrícola 2024, lo propuesto en el artículo 1º de la presente Resolución.-

ARTICULO 3º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.