R E S O L U C I O N 5403-23
VISTO: El Expte. 2023-08034232- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual la Delegación Alvear Colegio de Arquitectos, Solicita Informe Técnico Estado Arbolado Pública, y;
CONSIDERANDO: Que el arbolado público urbano es uno de los patrimonios mas importantes de las cuidades.
Que tiene infinidad de beneficios aportando oxígeno al aire, protegiendo de los rayos ultravioletas, regula la temperatura y humedad ambiental , filtra la contaminación sonora, disipa la fuerza de los vientos y mejora el paisaje urbano.
Que en Mendoza, Ley Provincial 7874 de Preservación y Control de Arbolado Público establece un marco legal, técnico y financiero para que las autoridades de aplicación y competentes realicen tareas de investigación, control, conservación, preservación y desarrollo del Arbolado Público de Mendoza, además de establecer una política de estado permanente en cuanto a la concientización de la comunidad, de los valores naturales y culturales del arbolado y sus sistemas de riego.
Que la poda urbana está prohibida para todo particular y es una acción gravemente multada. Los organismos autorizados a cortar ramas o extraer ejemplares son los municipios y eventualmente otros organismos públicos autorizados. Por lo tanto, el rol del vecino o frentista se restringe sólo a dar aviso a su municipio si observa que el árbol de su calle o vereda necesita ser supervisado .
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza. , en uso de sus atribuciones:
R E S U E L V E
ARTICULO 1°).- Solicitar un pedido de informe al Departamento Ejecutivo Municipal donde se detallen todos los siguientes puntos:
- Estado del arbolado público, expresado en porcentaje. Si poseen riego, en que zonas y porcentajes. Variedad de árboles predominantes existentes. Proyección de nuevas plantaciones de árboles. Organismo encargado del cuidado del arbolado.
- Existencia de fondo de forestación. Existencia de programas relacionados al arbolado público urbano.
- Informe sobre poda, mantenimiento y recambio del arbolado público urbano.
- Existencia de convenios con otras instituciones.—
ARTICULO 2°). Comuníquese, Publíquese y Dése al D. M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.