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Modificación Ord. 4652 RAMCC

O R D E N A N Z A   4663

VISTO: El Expte. HCD 12394/21, por el cual se Solicita Modificar Ordenanza N° 4652 RAMCC, y;

CONSIDERANDO: La necesidad de Modificar Ordenanza Nº 4652 Participación Municipio  en Fideicomiso RAMCC.

Que la ordenanza 4652, sancionada en noviembre del año dos mil veinte, aprueba la participación del municipio en Fideicomiso de la RAMCC ( Red Argentina de Municipios frente al cambio climático) ya que el mismo se encuentra en línea con los objetivos y valores que el Municipio pretende promover en interés del bienestar de su ciudadanía y para su sustentabilidad.

Que uno de los objetivos principales de la RAMCC es ejecutar proyectos o programas municipales, regionales o nacionales, relacionados con la mitigación y/o adaptación al cambio climático, a partir de la movilización de recursos locales, nacionales e internacionales.

Que en Ordenanza N° 4652, Artículo Nº 2, establece un aporte inicial o de adhesión como así también un aporte mensual anual en base a lo estipulado en la Asamblea de Fiduciantes de la RAMCC, vigente durante el año 2020.

Que en fecha dieciocho de febrero de dos mil veintiuno se realizó la nueva Asamblea de Fiduciantes de RAMCC, donde se establecieron nuevos montos para el aporte inicial y aporte anual.

Que en consecuencia es necesario modificar el Artículo 2º, estableciendo: …”La operación  autorizada por el artículo precedente implica un aporte inicial o de adhesión (según el caso) al Fideicomiso RAMCC, así como el  aporte anual de acuerdo a lo establecido por la Asamblea de Fiduciantes de RAMCC vigente al momento de aceptación y/o evaluación de ingreso al fideicomiso del Municipio de General Alvear.”

Que para avanzar con el objetivo de la Ordenanza 4652 es menester acceder a la modificación solicitada en su Artículo Nº2.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°).- Modifíquese  el Artículo 2º) de la Ordenanza 4652, el que quedará redactado de la siguiente manera:

”La operación  autorizada por el artículo precedente implica un aporte inicial o de adhesión (según el caso) al Fideicomiso RAMCC, así como el  aporte anual de acuerdo a los importes que se establezcan por la Asamblea de Fiduciantes de RAMCC vigente al momento”.-

ARTICULO 2°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS QUINCE  DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-