O R D E N A N Z A 3485
VISTO: El Expte. HCD-6623/08 por el cual se S/ Modificación Ordenanza Nº 3482, y;
CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 3482.
Que la citada Ordenanza autoriza al D.E. Municipal a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias a través del Leasing o compra, con garantía real de prenda con registro, en base a los términos de la Ley Provincial de Contabilidad Nº 3799.
Que teniendo en cuenta las modalidades de la vinculación, se requiere que en la Ordenanza o pieza legal respectiva, se consigne expresamente la autorización a contraer empréstito.
Que el Artículo 3º) de la norma indicada, disponiendo un quórum agravado, resulta un obstáculo significativo para la rápida ejecución de la operatoria a llevarse a cabo.
Que la herramienta útil que surge de la Ordenanza Nº 3482, se vería desvirtuada en cuanto a su aplicación, teniendo en cuenta los condicionamientos que derivan del Art. 3º).
Que los intereses comunales se ven resguardados conforme lo dispone el Art. 2º) y reiterar un condicionamiento con el quórum previsto en el Art.3º) sería una nueva traba u obstáculo a los fines perseguidos.
Que en ese marco se impone la modificación del Art. 1º) y derogación del último Art. 3º).
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Modificase el Artículo 1º) de la Ordenanza Nº 3482, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“…Autorizar al D.E. Municipal a contraer un Empréstito que será destinado a la utilización y/o adquisición de bienes y maquinarias, a través del Leasing o compra de los mismos mediante constitución de derecho real de prenda con registro. Conforme a los términos de la Ley de Contabilidad Nº 3799, hasta una suma no superior a Pesos Cuatro Millones ($ 4.000.000,00)”.-
ARTICULO 2º).- Derogase el Artículo 3º) de la Ordenanza Municipal Nº 3482.-
Continuación Ordenanza Nº 3485 (2)
ARTICULO 3º).- Autorizase a Contaduría Municipal a efectuar las modificaciones presupuestarias y registraciones contables que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –