R E S O L U C I O N 5612-25
VISTO: El Expte. 2025-04763975- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Obra Resguardo Ingreso a Cementerio, y;
CONSIDERANDO: La necesidad de atender y dar una respuesta a los usuarios ciudadanos en las instalaciones del Cementerio de la ciudad de General Alvear, consistente en un resguardo en momentos de la ceremonia de sepultar a seres queridos en días de lluvias y otras condiciones climatológicas adversas.
Que es una realidad que en el momento de dar ingreso a quienes utilizan los servicios del cementerio de la ciudad de General Alvear, para depositar los restos de un familiar difunto, en días de lluvias es necesario que desde el gobierno local se construya una estructura adecuada y sea resguardo para los deudos.
Que oportunamente el Concejo Deliberante de General Alvear, a través de la Resolución Nº 3090/12, dispuso solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal para que se construya un resguardo en el cementerio de ciudad.
Que el D.E. Municipal tiene la competencia y jurisdicción para llevar a cabo la tarea de concretar una obra de manera estable y de manera definitiva y adecuada, que permita asistir y presenciar el acompañamiento del familiar, sin tener que soportar las inclemencias del tiempo, como lo es la lluvia, días de temperaturas extremas según la estación y otras situaciones climatológicas.
Que, en diversas consultas y gestiones realizadas, es necesario tal resguardo en la zona en que se debe realizar el ingreso en la zona de terrenos y panteones, ya que en sector Municipal ya cuentan con la protección necesaria.
Que, desde el gobierno local, en un todo de acuerdo a su función para con la comunidad es necesaria la realización de obras que beneficien a los ciudadanos.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º).- Solicitar al D.E. Municipal disponga gestionar y realizar las acciones útiles a fin de que se proceda al inicio de la obra de un resguardo de manera permanente, en los primeros metros al ingreso del Cementerio de la Ciudad de General Alvear, de acuerdo a los considerandos arriba expuestos.
ARTICULO 2º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA; A LOS TREINTA Y UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.