Ordenanza 4996 REMUNERACION HABERES CARGOS F.N.

ORDENANZA N° 4.996  

VISTO Y CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1.079 corresponde a este Concejo Deliberante la fijación del importe de las Dietas y Compensación Funcional de los Señores concejales y la fijación de la remuneración del Señor Intendente Municipal y demás Autoridades, Funcionarios, Personal que revista en cargos políticos y Personal Fuera de Nivel. –  

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:   

ORDENANZA    

Artículo Nº1:  Fijase la remuneración mensual del Sr. Intendente Municipal a partir del día primero de enero del año dos mil dos mil veintiséis, de la suma resultante de los siguientes ítems.  

Dos (2) Sueldos que corresponde a la Asignación de Clase (Sueldo Básico) de un empleado categoría Trece (13) del Escalafón Municipal de General Alvear, con valores al mes de Diciembre del Ejercicio anterior, quedando sujeto a los incrementos correspondientes a la Paritaria Municipal de General Alvear correspondiente al año vigente; más los siguientes adicionales:  

  • Título Universitario    69,91% (Sesenta y Nueve con Noventa y uno por ciento)  
  • Jerarquización                      45% (Cuarenta y Cinco por Ciento)  
  • Responsabilidad Fiscal      100% (Cien por Ciento)
  • Mayor Dedicación               50% (cincuenta por Ciento)  
  • Función Critica                    50% (cincuenta por Ciento)  

Del mencionado importe el Setenta por Ciento (70%) constituye el sueldo básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional.  

Artículo Nº2:  Fijase la dieta del Señor presidente del Honorable Concejo Deliberante a partir del primero de enero del año dos mil dos mil veintiséis en un importe equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. –  

Artículo Nº3:  Fijase la Dieta de los Señores concejales a partir del primero de enero del año dos mil dos mil veintiseis en un importe equivalente al setenta por ciento (70%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. –  

Artículo Nº4:           Fijase la remuneración del Señor Secretario de Gobierno, del Señor  

Secretario de Hacienda y Administración, del Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos, del Señor Secretario de Desarrollo y Promoción Departamental, y del Señor Juez Adm. Municipal de Transito a partir del primero de enero del año dos mil dos mil veintiseis en un importe equivalente al setenta por ciento (70%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal. Del mencionado importe el setenta por ciento (70%) constituye básico y el treinta por ciento (30%) restante Compensación Funcional. –   

Artículo Nº5: Fijase la remuneración de los funcionarios y demás personal que revista en cargos políticos en el Departamento Ejecutivo Municipal y en el Honorable Concejo Deliberante a partir del primero de enero del año dos mil dos mil veintiseis en la forma que se detalla a continuación:  

  1. Secretario Privado Intendencia: Cincuenta y Cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  2. Director de Comunicación Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  3. Director de Defensa Civil Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  4. Director de Parajes y Distritos Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  5. Director Asuntos Jurídicos (Abogado) Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.      
  6. Encargado de Ceremonial y Protocolo Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  7. Director de Transito: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  8. Director de Recursos Humanos Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  9. Asesor Técnico en Seguridad e Higiene Laboral (Prof.Univ./Terc.) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  10. Director de Deportes, Actividad Física y Recreación Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  11. Asesor de Gestión Deportiva: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  12. Director de Cultura: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  13. Director de Educación: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  14. Delegado Municipal de Bowen: Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.             
  15. Delegado Municipal de San Pedro del Atuel Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  1. Delegado Municipal Alvear Oeste Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  2. Contador General. (CPN) Sesenta y cinco por ciento (65%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.                    
  3. Director de Rentas Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.     
  4. Director de Servicios Públicos Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  5. Director de Obras Públicas y Privadas: Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  6. Director de Hábitat Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  7. Asesor en Medio Ambiente: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  8. Director de Innovación, Agricultura, Ganadería y Faena Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  9. Director de Turismo Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  10. Director de Inspección General Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  11. Asesor Técnico en Turismo (Prof.Univ./Terc.) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  12. Director de Familias Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  13. Director de Contingencias Sociales Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  14. Asesor de Juventud: Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  15. Asesor para Personas con Discapacidad Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  16. Coordinador Oficina Adm. Barrio San Carlos Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  17. Secretario Honorable Concejo Deliberante Sesenta y uno (61%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.                         
  18. Sub-Secretario Honorable Concejo Deliberante Cincuenta y siete por ciento (57%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.              
  19. Secretario de Sala de Comisiones H.C.D. Cincuenta y cuatro por ciento ( 54%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  20. Secretarios de Bloque H.C.D. Cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.          
  21. Encargada de Computación H.C.D. Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la  

remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.                                             

  • Secretaria Administrativa y Técnica H.C.D. Cuarenta y tres por ciento (43%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  • Jefe de Prensa y Difusión H.C.D. Cuarenta y tres por ciento (43%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  • Asesor Legal H.C.D. (Abogado) Cuarenta y cinco por ciento (45%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  
  • Asesor de Bloque Cuarenta y uno por ciento (41%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.                 
  • Secretario Adm. Juzgado Mpal.de Transito (Abogado) Sesenta (60%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.     
  • Pro Secretario Administrativo Mpal.de Transito (Abogado) Cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total fijada al Señor Intendente Municipal.  

Artículo Nº6: A los Jueces, Secretarios y Prosecretarios de Juzgados que se desempeñan con exclusividad en los Juzgados Administrativos Municipales de Tránsito y que, por lo tanto, no pueden ejercer libremente su profesión en la actividad privada, se les abonara el adicional por Bloqueo de Titulo calculado, tomando como base el tope máximo de lo que corresponda al básico de la clase 13-I del Estatuto Escalafón del Empleado Municipal – Ordenanza N° 1.764 y modificatoria Ordenanza N° 3346, en virtud de que sus remuneraciones se obtienen de aplicar un porcentaje de lo que percibe el Intendente Municipal.  

Artículo Nº7:  Dejase establecido que ningún funcionario que revista en cargos políticos y Fuera de Nivel, percibirá el adicional por antigüedad ni podrán percibir la asignación por función jerárquica y ningún otro beneficio salarial que rija para el personal escalafonado, salvo los que específicamente se establezcan en la presente Ordenanza.  

Artículo Nº8:  Comuníquese, Publíquese y Dese al D.M.-  

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO