O R D E N A N Z A 4698
VISTO: El Expte. HCD 12466/21, por el cual se Solicita Otorgar Licencia Conducir Mejores Promedios Escuela Nivel Medio, y;
CONSIDERANDO: Los aconteceres causados por la pandemia COVID-19 en estudiantes adolescentes del nivel medio del Departamento.
Que los alumnos del último año de cursado, de Escuelas secundarias, Educación Técnica y de Trabajo, Educación de Jóvenes y adultos.
Que entendiendo el esfuerzo y compromiso por superarse en sus obligaciones académicas, llegando con gran valor y dedicación al último año de cursado de sus estudios de nivel medio.
Que a pesar de las diferentes circunstancias adversas emanadas por la pandemia y sus medidas de prevención, han podido superarse y adaptarse con gran esfuerzo a las nuevas modalidades de enseñanza-aprendizaje.
Que la comunidad educativa, por los aconteceres mencionados, no ha podido presentar protocolarmente a sus mejores promedios del corriente año, en sociedad, perdiendo así el reconocimiento de los mismos en Actos académicos, departamentales, desfiles, eventos juveniles, etc.
Que en dicha etapa de sus estudios, es importante expresar y manifestar la terminación de un ciclo y comenzar otro con más responsabilidades.
Que los mejores promedios de cada escuela siempre han tenido su reconocimiento al esfuerzo, compromiso, dedicación y valoración.
Que de manera alguna las instituciones sienten la necesidad de valorar este esfuerzo por años, que los llevó a ocupar lugares prestigiosos, como lo es portar la Bandera Nacional, Provincial y escoltas.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).- Exceptuase por única vez del aforo municipal correspondiente a la licencia de conducir; a los primeros seis promedios de cada escuela de nivel medio como forma de premiar sus esfuerzos y compromisos.-
ARTICULO 2°).– Serán beneficiarios de tal reconocimiento los alumnos que tramiten su primer licencia nacional de conducir y que por sus esfuerzos durante toda su etapa académica hayan obtenido los mejores promedios de sus instituciones educativas.-
ARTICULO 3°).- Deberán cumplir con los requisitos legales según la ley vigente de Licencia Nacional de Conducir Ley. 24.449.-
ARTICULO 4º).- Para el cumplimiento de los objetivos de la presente iniciativa, el Departamento Ejecutivo, designará una Autoridad de Aplicación, la cual elaborará las normas y estrategias que resulten necesarias para su pleno desarrollo.-
ARTICULO 5º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.