O R D E N A N Z A 3373
VISTO: El Expte 349-“D”-07 por el cual la Dir. Rentas S/ Pieza Legal Referente a Ordenanza Nº 3262, y;
CONSIDERANDO: Que es necesario contar con la prórroga de eximición del pago del Permiso Municipal para la conexión de luz y por rotura de calle para la conexión de agua, cloacas y gas a todos aquellos vecinos indigentes de General Alvear.
Que la difícil situación socio-económica por la que atraviesan los vecinos sin recursos de este Departamento aun subsisten.
Que ya existen antecedentes en distintas Ordenanzas que establecían la eximición de pago para estos casos.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente y atendiendo la situación económica por la que atraviesan, es necesario atender el requerimiento efectuado.
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º).- Autorizase al D. E. Municipal a Eximir del Pago del Permiso Municipal para la conexión de Luz y el Permiso Municipal para la rotura de calles para la conexión de Agua, Cloacas y Gas, a todos aquellos vecinos del Departamento de General Alvear que sean de condición indigente y necesiten hacer uso de su vivienda con estos respectivos servicios, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 2º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS SEIS DIAS DEL DE FEBRERO DE DOS MIL SIETE.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –