R E S O L U C I O N 5449-24
VISTO: El Expte.2024-02090182- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Instrumentar Plan Federal Capacitación Derechos Niños, Niñas y Adolescentes, y;
CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional Nº 27.709 conocida como Ley Lucio tiene por objeto la prevención y detección temprana de situaciones de vulneración de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
Que la normativa fue impulsada tras el caso de Lucio Dupuy, el niño de cinco años asesinado a golpes en provincia de La Pampa, un hecho que conmocionó a todo el país y puso en evidencia la necesidad de seguir trabajando en esta temática.
Que la ley establece la capacitación en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes y en la temática relativa al maltrato y la violencia infantil, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de la Provincia.
Que los instrumentos que gozan de jerarquía constitucional (artículo 75 inciso 22 de la CN) estipulan derechos específicos a niños y niñas. Entre estos, podemos mencionar el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que dispone que niños y niñas tienen derecho a medidas de protección (artículo 24); y la Convención Americana sobre Derechos Humanos en cuanto establece que todo niño/a, tiene derecho a medidas de protección por parte de su familia, de la sociedad y del Estado (artículo 19). Pero sin dudas, el instrumento más relevante en la materia es la Convención sobre los Derechos del Niño que reconoce expresamente a niñas, niños y adolescentes como sujetos de derecho.
Que es fundamental contar con herramientas y conocimientos necesarios para el reconocimiento de las situaciones de violencia y cómo proceder en consecuencia.
Que la niñez y adolescencia debe cuidarse, y como Departamento debemos continuar avanzando en materia de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.
Que es necesario llevar a cabo capacitaciones tendientes a desarrollar y afianzar actitudes, saberes, valores y prácticas que contribuyan a prevenir y erradicar el maltrato infantil.
Que la Ley Nº 9.493 de la Provincia de Mendoza, propone además que dichas capacitaciones serán destinatarios también las personas agentes municipales, en el marco de convenios de cooperación y colaboración con la autoridad competente.
Que el Estado municipal implemente campañas de concientización y difusión en materia de buen trato y promoción y defensa de los derechos de niños, niñas y adolescentes.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º).– Solicitar al D.E Municipal instrumente a través del área que corresponda el Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para todos los agentes municipales, enmarcado en la Ley Provincial Nº 9.493, que adhiere a la Ley Nacional Nº 27.709 denominada Ley Lucio.-
ARTICULO 2°).- Instar a que el área encargada de realizar la capacitación invite tanto a referentes de organizaciones intermedias que se dediquen a la atención de la niñez y la adolescencia, así como a clubes deportivos, academias de formación artística, espacios de educación no formal y todas aquellas personas que estén en contacto con Niños, Niñas y Adolescentes, a capacitarse a fin de que les permita contar con herramientas para la detección temprana de posibles situaciones de violencia.-
ARTICULO 3º).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.