Programa Municipal Terminalidad Primaria

O R D E N A N Z A 4447

VISTO: El Expte. 103-“D”-18, por el cual la Dirección de Educación Solicita Creación Programa Municipal Terminalidad Primaria, y;

CONSIDERANDO: La Resolución N° 4284-16 del HCD, por el cual se Solicita Creación Programa Municipal de Terminalidad Educativa Primaria.
Que es necesario garantizar la terminalidad educativa de nivel primario de los agentes de la Municipalidad de General Alvear.
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206, sancionada en Diciembre de 2006, constituye una de las coordenadas de un proyecto en el que el Estado se posiciona como garante de derechos y la educación y el conocimiento son reconocidos como derecho personal y social a la vez que un bien público.
Que el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos sólo se consigue si cada persona tiene acceso al conocimiento, si ha desarrollado sentido crítico y puede desenvolverse solidariamente con independencia y libertad en la sociedad en que vive.
Que en este sentido el Art. 8°, de la mencionada Ley, afirma “la educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común”.
Que asimismo se expresa la necesidad insoslayable de desarrollar políticas que garanticen el acceso a la educación a los sectores sociales excluidos o postergados, posibilitando su participación crítica en la cada vez mas compleja sociedad del conocimiento y la adquisición de herramientas culturales que permitan construir mejores condiciones de vida.
Que por lo expuesto, se torna necesario diseñar e implementar formas de organización y propuestas de formación que atiendan a la diversidad de las personas jóvenes y adultas y que promuevan aprendizajes significativos y productivos con sentido y calidad.
Que a pesar de las políticas de inclusión educativa existe un alto número de agentes municipales que no han podido concluir sus estudios de nivel primario.

Continuación Ordenanza 4447 (Hoja N° 2)
Que se considera necesario garantizar procesos de inclusión al sistema educativo de aquellas personas que se desempeñan en distintos ámbitos organizacionales y que necesita continuar y/o finalizar sus estudios de nivel secundario para asegurar su permanencia y crecimiento personal en estos ámbitos de trabajo, y que por razones laborales o particulares no podrían asistir diariamente a los centros educativos en ninguna de sus modalidades, teniendo en cuenta, fundamentalmente a empleados municipales que desempeñan actividades administrativas y de atención al público, entre otras, pero atendiendo también a otros ámbitos de la administración pública.
Que el CEBJA 3-005 Maestro Ricardo Petersen en conjunto con la Dirección de Educación ha generado un proyecto de trabajo, cuya idea central es ofrecer posibilidades de terminalidad educativa primaria a los empleados del municipio, dentro de su horario laboral, en forma presencial 3 hs. de Lunes a Viernes con flexibilidad en el cumplimiento de horario.
Que dicho proyecto propone modalidades presencial y semipresencial, a fin de facilitar la terminalidad de estudios primarios, a la vez de permitir desarrollar competencias cognitivas, comunicacionales y sociales en los trabajadores, con el objetivo de favorecer su crecimiento personal y mejorar su posición laboral, a partir de la adaptación de los tiempos de estudios a las condiciones personales particulares.
Que la propuesta será instrumentada por la Dirección de Educación de la Municipalidad de General Alvear, en articulación con el CCT 6-204 “Concejal Pellegrino Battini” y el CEBJA 3-005 “Maestro Ricardo Petersen”, siendo este último el responsable de emitir las certificaciones correspondientes, a través de la Dirección General de Escuelas.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°).- Créase al Programa Municipal de Terminalidad Educativa Primaria conforme el proyecto “Educar para un desempeño personal y laboral eficaz” adjuntado como Anexo.-

ARTICULO 2°).- Dispóngase una primer etapa del Programa destinado a la finalización de los estudios primarios de agentes municipales.-

Continuación Ordenanza 4447 (Hoja N° 3)

ARTICULO 3°).- La Municipalidad de General Alvear destinará los insumos en cuanto a resmas de papel que cada agente municipal necesite para el normal desarrollo del cursado.-

ARTICULO 4°).- Que en cada caso se firmará un Convenio Marco con cada una de las Instituciones que intervengan a fin de determinar responsabilidades, cronograma, contratación de seguros y demás cuestiones necesarias a fin de implementar de forma adecuada el proyecto en cuestión.-

ARTICULO 5°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –