Programa Prevención Poliadicciones

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VISTO: El Expte. 2024-04995994- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Programa Prevención y Acción Poliadicciones Personal Municipal, y;

CONSIDERANDO: La problemática de poliadicciones en el Personal Municipal.

Que La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a las adicciones como una enfermedad física y psicoemocional que crea una dependencia o necesidad hacia una sustancia, actividad o relación.

Que según el informe mundial contra drogas y delito de Naciones Unidas del año 2016 sostiene que 1 de cada 20 personas entre 15 y 64 años, consumieron por lo menos una droga en 2014 a nivel mundial. Asimismo, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) resume el enfoque de salud para responder a los problemas de consumo de sustancias psicoactiva, resaltándolo como un problema de salud pública en los planes nacionales.

Que el acuerdo del año 2018 (OPS-OMS) sobre el desarrollo de políticas y programas para el abordaje integral de los problemas de drogas, facilitar el acceso a servicio de atención integradas a la red de salud basado en la atención primaria. Asimismo, sostiene que el uso problemático de sustancia psicoactivas requiere que los sistemas de salud pública de los países se apresten a intervenir sobre sus determinantes sociales, promover estilos de vidas saludable evitar o retrasar el inicio del uso de drogas, mitigar los efectos adversos del consumo, rehabilitar y reintegrar plenamente a la persona afectada.

Que las Ordenanza Nº 3361 “Creación Instituto Municipal contra las Adicciones, Nº 4562 “Institucionalización Programa denominado PALMU (Prevención Adicciones en Ámbito Municipal)” y la Resolución Nº 3303-13 “Implementación Detección Adicciones”, que en conjunto poner en alerta al Municipio y solicitan la detección, control y rehabilitación de las personas con consumo problemático.

Que los trabajadores municipales son parte de la sociedad que sufre las consecuencias del flagelo de los consumos problemáticos como el alcohol, las drogas, medicamentos y otras adicciones, no cuentan con niveles de prevención ni protocolos de actuación ante situaciones de riesgos que puedan estar expuestos ante estas adicciones.

Que ante el creciente aumento de los últimos años de las consultas por guardia de distintas adicciones, se realizó en el Hospital Enfermeros Argentinos un trabajo de investigación, estadístico-retrospectivo en los últimos 5 años (del 2019 al 2023) a cargo del servicio de epidemiología del Htal Enfermeros Argentinos para confirmar dicha sospecha, con el objetivo de actualizar datos respaldatorios para ejercer un plan de concientización, sobre las consecuencias del consumo de alcohol y drogas peligrosas.

Que la cantidad de consultas en la totalidad del tiempo abarcado fue de 311 pacientes para alcoholismo y de 109 pacientes por consumo de drogas peligrosas, con iguales porcentajes entre ambos sexos. (78% masculinos y 22% femeninos).

Que en nuestra actualidad el grupo etario más expuesto va entre los 16 a 55 años para el consumo de alcohol con un 77% y de drogas peligrosas con una cifra más alta del 93% para ambos sexos, demostrando que las posibles causas están en la sociedad y desde la adolescencia.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º).– Incorporase a la Ordenanza Nº 4562 el Programa de Prevención, Concientización, Seguimiento y Tratamiento de Poliadicciones en el ámbito de la Municipalidad de General Alvear (Mza.).-

ARTICULO 2º).- Los objetivos del programa deberán ser los siguientes:

– Realizar charlas informativas y talleres sobre los riesgos y consecuencias del consumo de sustancias adictivas, (mínimamente una vez por año), así como también sobre la importancia de mantener un estilo de vida saludable y equilibrado.

– Implementar campañas de sensibilización y concientización en el lugar de trabajo, a través de carteles, folletos y material informativo sobre las adicciones y sus efectos.

– Ofrecer servicio de apoyo/ asesoramiento a los empleados que estén luchando con una adicción, proporcionándoles acceso a programas rehabilitación y terapia, así como también a recursos y herramientas para afrontar el problema.

– Establecer políticas y procedimientos internos que regulen el consumo de sustancias en el lugar de trabajo, incluyendo pruebas de detección de drogas y alcohol para prevenir situaciones de riesgos.

– Política de tolerancia cero: Establecer una política clara de tolerancia cero hacia el consumo de drogas y alcohol en el trabajo.-

ARTICULO 3º).–  Autorízace al D.E. Municipal a la creación de un Protocolo de Acción Administrativa ante la detección de personas con problemas de policonsumo.-

ARTICULO 4º).– El D.E. Municipal deberá enviar a este Concejo Deliberante para su conocimiento el Protocolo de Acción Administrativa establecido en el Artículo 3º, en un plazo no mayor a los sesenta (60) días corridos a partir de la aprobación de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 5º).- Modifícase el Artículo 2º de la Ordenanza Nº4562 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Será Órgano de Aplicación de la presente Ordenanza la Secretaria de Gobierno conjuntamente con las Direcciones de Asuntos Jurídicos y de Recursos Humanos respectivamente, la Oficina de Municipio Saludable y el Área de Adicciones”.-

ARTICULO 6º).– Creáse el Consejo Interdisciplinario Municipal, el cual estará compuesto por el D.E. Municipal, el Honorable Concejo Deliberante y el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Gral. Alvear (SOEMGA), como órgano consultivo para la aplicación de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 7º).– Incorpórase la presenta Ordenanza al Estatuto Escalafón del Empleado Municipal de General Alvear, Ordenanza Nº 1764.-

ARTICULO 8º).– La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su Promulgación.-

ARTICULO 9º).– Comuníquese, publíquese y dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL  ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL  AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.