O R D E N A N Z A 4853
VISTO: El Expte. 2024-01480432- -GDEMZA-SECGOB#ALVEAR, por el cual se Solicita Prórroga Ordenanza 4445 «Programa Jubilación por Moratoria Previsional Ámbito Municipal», y
CONSIDERANDO: Que la proyección de jubilaciones para el año 2024, la mayoría de los agentes que cumplan con la edad requerida no cumplen con los aportes necesarios de acuerdo a la Ley N° 24.241.
Que la aplicación de la Ordenanza permitirá cumplir los objetivos de reducción de la planta municipal, como también de la renovación en las áreas que lo requieran.
Que es deber de la Municipalidad cumplir con un rol social activo en esta problemática y dar solución a los Agentes Municipales.
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza., en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).– Impleméntase a partir de la publicación de la presente y hasta el 30 de Septiembre de 2024, en el Ámbito Municipal el Programa de Jubilación por Moratoria Previsional creado por Ordenanza N° 4445.
ARTICULO 2°).— Dispóngase que podrán acogerse a los beneficios del Programa, todos los agentes Municipales que, revistando en la Planta Permanente o Temporaria, cuenten con la edad necesaria para obtener la prestación de jubilación ordinaria, pero que no cumplan con el requisito de los años de servicios con aportes computables al Sistema Previsional, según el ordenamiento legal vigente. El beneficiario deberá tener una antigüedad mínima en el Estado de más de cinco (5) años de servicio. —
ARTICULO 3°).— Determínese que la Municipalidad de General Alvear otorgará un subsidio a cada agente que se acoja a la Ordenanza N° 4445, el que estará destinado a cancelar el importe que surja del
Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas (S.I.C.A.M.), confeccionado en base a los años de aportes, que el Organismo competente determine a fin del otorgamiento de la prestación previsional, conforme la moratoria vigente a la que implemente.-
ARTICULO 4°).– Dispóngase que la incorporación al Programa y el otorgamiento del beneficio, se instrumentará a través de un convenio que suscribirá el agente con la Municipalidad de General Alvear el que se adjunta como Anexo II de la presente, previa solicitud realizada por el agente, mediante la nota pro—forma que se adjunta como Anexo I. —
ARTICULO 5°).– Determínese que una vez suscripto el convenio, el agente iniciará el trámite pendiente por ante la A. N. Se. S. y se mantendrá la relación de empleo hasta que se le otorgue la prestación previsional, en los términos del convenio y de la renuncia condicionada que se presente a tal efecto. Determínese que el agente deberá realizar todos los actos útiles a su cargo a fin de la obtención del beneficio. —
ARTICULO 6°).— Dispóngase que el agente deberá presentar la nota— proforma por ante la Dirección de Recursos Humanos. Una vez ingresada la solicitud, se iniciará un Expte., el cual será remitido a la Subdirección de Archivo y Certificaciones de servicios, la cual estará a cargo de realizar los trámites inherentes a la certificación de servicios (formulario pro—forma dispuesto por la A.N.Se.S. y el S.l. C.A. M. confeccionado. En caso de que el agente cumpla con las condiciones fijadas en el presente, se suscribirá el convenio individual para su cancelación. Se procederá a solicitar a A. N. Se. S. el turno a fin de la presentación del trámite, debiendo el agente, con la documentación pertinente, presentarse en la fecha y hora indicada. Terminado el trámite, la A.N.Se.S. remitirá a la Dirección de Recursos Humanos la constancia de inicio del Expte. Previsional.-
ARTICULO 7°).— Autorícese a la Secretaría de Hacienda y Finanzas a transferir los créditos presupuestarios necesarios a fin de que se proceda a imputar a la partida de subsidios el costo que arroje el S.l.C.A. M. debiendo proceder a la cancelación directa del. resultado de la moratoria, una vez que se haya suscripto el convenio individual . —
ARTICULO 8°).— Comuníquese, publíquese y dése al D. M. . DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DOS MIL VEINTICUATRO.