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Proyecto para reglamentar el uso de terrenos en Parque Industrial

O R D E N A N Z A Nº 1773

VISTO: El Expte. A- 863/93, por el cual el D.E. (Direccion de Desarrollo Regional) s/ eleva proyecto para reglamentar el uso de terrenos en Parque Industrial, y;

CONSIDERANDO: Que es imperativo la creacion de un Reglamento Interno para el Parque Industrial de General Alvear ( P.I.G.A.) que sea el instrumento mediante el que se concrete un ordenamiento de sus normas, compatibles con la legislacion Nacional, Provincial y Municipal en la materia, y de la necesidad de armonizacion de las soluciones de los problemas de las instalaciones de industrias en el Parque, que exige la regularizacion de sus actividades en relacion a: Ubicacion, Dimension,Distribucion y conservacion de los Predios.-

Que la Reglamentacion efectuada por la U.N.C. en el Predio adquirido y destinado para Parque Industrial del Departamento fue tratada y aprobada por unanimidad del Cuerpo en sesion Extraordinaria de la fecha, con modificaciones que consta en el presente articulado.-

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear (Mza) en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º – Apruébase el estudio realizado por la U.N.C. para la Reglamentacion del Parque Industrial de General Alvear (P.I.G.A.) dentro de las siguientes pautas, a la que se arriba del estudio previo realizado por la mencionada y que consta desde fojas 01 al 36 del Epte. de referencia.-

PARTE PRIMERA; ALCANCE Y OBLIGACIONES

PUNTO 1º – A los fines del presente reglamento se entendera por Establecimiento Industrial a todo aquel destinado a la Transformacion Fisica, Quimica o Fisico Quimica de productos naturales, materia prima y articulos de toda indole, mediante la utilizacion de metodos industriales, partiendo de la base que deberan ser empresas industriales de transformacion o manufactureras, constituida legalmente, que utilicen procesos modernos de eficacia, rendimiento y calidad comprobada, con equipos y plantas que sean de su propiedad y que obtengan un producto de consistencia, aspecto o utilizacion distinto a lo de su elemento constitutivo.-

PUNTO 2º – Para la habilitacion y funcionamiento dentro del P.I.G.A., todos los establecimientos que en el se radiquen deberan dar estricto cumplimiento a las disposiciones sobre: ubicacion, forma de emplazamiento del edificio dentro del predio, retiros, tratamientos arquitectonicos, condiciones de funcionamiento, forma de conservacion del predio, reduccion o eliminacion de los factores de perturbacion, etc., conforme a las disposiciones que establece el presente reglamento, ademas de las normas habituales; con el objeto de preservar la salubridad y seguridad de las poblaciones circundantes asi como la integridad de sus bienes materiales.-

PUNTO 3º – La Municipalidad de General Alvear ejercera a traves del organismo competente una permanente fiscalizacion de los Establecimientos localizados en el parque, verificando el estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes.- En caso de comprobarse infracciones se aplicaran las sanciones previstas en el presente reglamento.-

PUNTO 4º – Todo propietario, profesional o empresa alcanzada por el presente articulado debera conocer sus prescripciones y, por lo tanto, quedara obligado a cumplirla.-

PUNTO 5º – Todo establecimiento industrial debera ajustar su instalacion y funcionamiento a lo establecido por las disposiciones legales Nacionales, Provinciales y Municipales vigentes y que se dictan en el futuro.-

PUNTO 6º – No podran radicarse en el Parque Industrial las empresas que a juicio de la Comision Tecnica, posean un inadecuado o inconveniente proceso tecnico de elaboracion y/o escasa significacion, economica social.-

PARTE SEGUNDA: TRAMITACIONES Y OBLIGACIONES

PUNTO 7º – Toda empresa industrial que desee radicarse en el parque industrial debera nombrar ante la Municipalidad de Gral. Alvear una persona autorizada para que realice todas las ges-tiones concernientes a su radicacion.-

PUNTO 8º – Toda empresa que desee instalarse en el parque Industrial debera realizar la tramitacion completa que exige la Municipalidad de Gral. Alvear que consiste en lo siguiente:

a) Presentacion del Proyecto de emprendimiento, de acuerdo a las «Normas de Presentacion» establecidas en este Reglamento debidamente completado.-
b) Siendo aprobado por la Comision Técnica del P.I.G.A. lo requerido en el inciso A), se lo citara para la firma del Boleto de Compra-Venta respectivo.-

c) Dentro de los sesenta (60) dias corridos desde la firma del boleto de compra-venta, se debera presentar proyecto definitivo arquitectonico, de acuerdo a lo estipulado en la sintesis tecni-ca del anteproyecto.-
d) Dentro de los noventa (90) dias corridos de la firma del bo-leto de compra-venta, se debera presentar toda la documentacion, planos planillas exigidos por la Direccion de Obras Privadas de la Municipalidad de General Alvear, como asi tambien todos los planos de instalaciones industriales necesarios, respetando las exigencias municipales que en este sentido esten vigentes.-
e) Una vez aprobados por la Municipalidad los planos de obra e instalaciones, se podra iniciar el correspondiente expediente de construcciones ante la Direccion de Obra Privadas de la misma, previa presentacion del certificado de Libre Deuda expedido por la Municipalidad, sin cuyo requisito este tramite quedara automaticamente paralizado.-

PUNTO 9º – Dentro de los doce (12) meses a partir de la fecha de la firma del boleto de Compra-Venta de la parcela correspondiente, deberan comenzar las obras de instalacion del establecimiento en el P.I.G.A..-

PUNTO 10º – Dentro de los veinticuatro (24) meses de la fecha de la firma del Boleto de Compra-Venta de la parcela se debera po-ner en funcionamiento la planta industrial.- En casos excepcionales, dada la complejidad del proyecto, la Comision Tecnica podra aprobar la extension del plazo.-

PUNTO 11º – Las prescripciones establecidas en los articulos anteriores seran de estricto y obligatorio cumplimiento para todos los establecimientos radicados en el Parque.-

PUNTO 12º – Cuando la industria se halle instalada debera gestionar su permiso de inicio de actividades ante la Comision Tecnica, antes de su puesta en marcha. Para ello debera presentar certificado final de Obra o de Etapa expedido por la Direccion de Obras Privadas de la Municipalidad de General Alvear.-

PUNTO 13º – Si la documentacion exigida por el presente reglamento no estuviera completa, presentase inexactitudes o fuese observada, se emplazara al responsable del emprendimiento a que, en un plazo no mayor de quince, (15) dias corridos, ajuste la presentacion a las normas de procedimientos administrativos fijados en esta reglamentacion.- En el caso de no mediar respuesta alguna se considerara que el interesado ha declinado la presentacion.-

PUNTO 14º – Queda a consideracion de la Comision Tecnica del P.I.G.A. la resolucion de cualquier situacion no prevista en el presente titulo, que sugiere en el curso de las tramitaciones y que, por ende, no contemplen especificamente su contenido con el procedimiento de normas establecidas.-

PUNTO 15º – Es obligacion de las empresas radicadas en el P.I.G.A. mantener la parcela, de uso exclusivamente industrial debidamente limpia, ordenada, parquizada y forestada, y cumplir con todas las normas impuestas o a introducir en el futuro.-

PUNTO 16º – Toda obra de caracter comun, de infraestructura o de servicios realizada o a realizar en el predio que compone el Parque Industrial, debera ser abonada proporcionalmente a los metros cuadrados adquiridos; las que se efectuaran de acuerdo a las necesidades y prioridades establecidas por los empresarios.-

PUNTO 17º – En caso de venta, ampliacion o traslado del establecimiento industrial, el proyecto debera estar aprobado por la Comision Tecnica y ajustarse en un todo a este reglamento.-

PUNTO 18º – Vencido el plazo de puesta en funcionamiento de, por lo menos la primera etapa de la industria (Art. 11º) otorgado a la empresa solicitante de radicacion en el Parque Industrial y que se haya dado cumplimiento a lo pactado, se le iniciaran las acciones legales pertinentes con el objeto, de lograr el rein-tegro de la parcela adquirida, sin que ello pueda dar lugar a reclamo alguno por parte de la empresa.-

PUNTO 19º – La administracion del P.I.G.A. estara a cargo, inicialmente, de la Municipalidad de General Alvear; con el objetivo de promover la constitucion de un sistema cooperativo que se encargue de ello.-

PUNTO 20º – Al adjudicarse la totalidad de la superficie util del Parque, y estar en funcionamiento el sesenta y seis por ciento (66%) de las industrias instaladas, se debera formar un consorcio de propietarios.- Este se regira por estatuto que se dicte a tal efecto y supletoriamente por la ley Nº 13.512/48 y su reglamentacion.-

PUNTO 21º – Al constituirse el Consorcio de Propietarios debera redactarse el Reglamento de Copropiedad y Administracion definitivos, el que previa aprobacion del Organismo Ejecutor, debera ser transcripto en forma de escritura publica e inscripto en el Registro de Propiedad.- Dicho Reglamento podra ser modificado cuando las circunstancias asi lo exijan y en la forma que a tal efecto se establezca.-

PUNTO 22º – Todo lo no previsto en el presente titulo sera elevado mediante informe a la Comision Tecnica, quien regira sobre dicha situacion.-

PARTE CUARTA; CLASIFICACION DE LAS INDUSTRIAS

PUNTO 23º – A los efectos de este reglamento se adopta la clasificacion acorde a la division y definicion de actividades economicas utilizada en la clasificacion internacional Uniforme de Industrias (C.I.I.U.).-

PUNTO 24º – Las Empresas que soliciten su radicacion en el P.I.G.A. seran clasificadas de acuerdo a los antecedentes e informaciones anunciadas en el formulario de solicitud de infor-macion.-

PUNTO 25º – Cuando una industria tenga diversidad de productos a elaborar se tomara como decisiva para su clasificacion aquella que represente el mayor volumen de produccion.-

PARTE QUINTA; LIMITACIONES PARCELARIAS

PUNTO 26º – Toda industria que se instala en el Parque Industrial, podra ocupar el cincuenta por ciento (50%) de la superficie de la parcela con instalaciones cubiertas.- En casos excepcionales, la Comision Tecnica autorizara el aumento de la superficie cubierta hasta el sesenta por ciento (60%).- El resto se utilizara para retiro obligatorio, acopio de materiales a cielo abierto, playas de estacionamiento y maniobras, etc., no pu-diendo superar estas, en conjunto, mas del treinta por ciento (30%) de la superficie descubierta.- El porcentaje restante (setenta por ciento de la superficie descubierta) debera destinarse a espacios verdes.-

PUNTO 27º – Es obligatoria la carga y descarga de materiales, productos semielaborados y productos terminados dentro del pre-dio de cada Industria.-

PUNTO 28º – La construccion debera estar retirada de la linea Municipal diez metros (10), siempre que no supere el cuarenta por ciento (40%) de la superficie del predio.- El retiro obligatorio de las medianeras sera de tres metros (3) cuando el edificio tenga hasta cinco (5) metros de altura; En caso de superar dicha altura (h) el retiro sera : h = 3 m+0,2h.-

PUNTO 29º – Las medianeras deberan realizarse con cerramiento olimpico de malla Nº 12 y de dos (2) metros de altura como minimo, con postes de cemento, de acuerdo al plano adjunto. Sobre la linea municipal se debera respetar el cerramiento de acuerdo a plano adjunto.- Los cercos vivos no deben obstruir la visual de la fabrica.-

PUNTO 30º – No existe obligacion de realizar la colocacion de alambre olimpico en el perimetro del lote.- Si existiera alguna medianera realizada por el colindante en el momento que se procede al cierre total del terreno, se debera abonar la parte de la medianera con partida al precio vigente.-

PUNTO 31º – La altura maxima de edificios en toda el P.I.G.A. no debera exceder los cuarenta y cinco (45) metros, incluyendo chimeneas, pararrayos etc.- La Comision Tecnica estimara las auto-rizaciones de excepcion al presente articulo.-

PUNTO 32º – Todo establecimiento industrial debera contar con un tanque de reservas de agua, correspondiente a consumo estimado y a reservas contra incendios.-

PUNTO 33º – Toda situacion no prevista en el presente titulo se regira por las leyes y reglamentaciones vigentes.- En caso de no encontrarse prevista dicha situacion, la Comision Tecnica sera la encargada de resolverlo.-

PUNTO 34º – La forestacion de los predios y espacios comunes debera preveerse de manera tal, que en el futuro, no ocasionen perjuicios a las instalaciones aereas (tendidos de electricidad, telefonos, etc.).-

PUNTO 35º – Para la confeccion del Proyecto de la planta indus-trial se debera tener en cuenta todas las normas vigentes res-pecto a seguridad industrial, las establecidas por el codigo de edificacion de la Municipalidad de Gral. Alvear y el Reglamento de la Camara de Aseguradores para el caso de incendios.-

PARTE SEXTA; PENALIDADES

PUNTO 36º – Las transgresiones a los Reglamentos que rigen la instalacion y funcionamiento del P.I.G.A. seran penadas con multas impuestas por la Municipalidad de Gral. Alvear a propuesta de la Comision Tecnica.-

PUNTO 37º – El cese continuado durante un año en la actividad o durante dos periodos alternados de seis meses cada año y siempre que a juicio de la comision tecnica no medie constancia que pueda y deba hacer atendible por el caracter y/o la indole que ella reviste, con un razonamiento equitativo por situaciones especiales, implicaria la perdida de los beneficios promocionales a la fecha.-

PUNTO 38º – Sin perjuicios de todo lo expuesto en el presente reglamento, que internamente contempla los derechos y obligaciones de las empresas localizadas en el P.I.G.A., la comision tecnica se reserva el derecho de regular cualquier contradiccion que no sustancie realizaciones acordes con el sometimiento del asunto implicado dentro del reglamento.-

ARTICULO 2º – La Comision Tecnica determinara la adjudicacion de las parcelas, el valor de las mismas y condiciones de pago y sera conformada de la siguiente manera:

PRESIDENTE; Intendente Municipal
VICE-PRESIDENTE; Director de Desarrollo Regional
VOCALES; Dos Representantes del Departamento Ejecutivo
TRES; Representantes del Honorable Concejo Deliberante
( 1 por Bloque Politico)
TRES; Representantes de la U.N.C. (un especialista por
cada una de las siguientes areas:
Ciencias Sociales, Ingenieria y Desarrollo Industrial

ARTICULO 3º – Lo recaudado por todo concepto sera invertido en el mejoramiento del Parque Industrial.-

ARTICULO 4º – Todo lo instalado en el predio a la fecha de la presente, sera evaluado por la Comision Tecnica:
(En el caso de que alguna instalacion no corresponda a la presente Reglamentacion se dara un plazo para retirarla.- Todo sin que ello implique gastos, ni indemnizacion alguna por parte de la Comuna.-

ARTICULO 5º – Comuniquese, Publíquese y Dése al D.M.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR (MENDOZA), A LOS TRES DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.————————————-

FDO: RICARDO S. GIORDANO JORGE E. SCHMIDT
Secretario Presidente

GENERAL ALVEAR, 28 de abril de 1994.-

POR TANTO: Téngase por Ordenanza Municipal Nº 1773.-

Comuníquese, publíquese y dése al D.M.

FDO.: Cont. EDUARDO D. CASADO Ing. JUAN C. DE PAOLO
Secretario de Gobierno Intendente Municipal