O R D E N A N Z A 4699
VISTO: El Expte. 2021-01559943, por el cual se Solicita Ratificación Decreto 0006-SH/21, y;
CONSIDERANDO: Que del análisis efectuado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto se deprende la factibilidad de Ratificar el Decreto Nº 0006-SH/21.
Que en Sesión de la fecha, se da por Ratificado el mismo.-
POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°).- Ratifícase en todas y cada una de sus partes el Decreto Nº 0006-SH/21, a saber:
“…Visto: El Presupuesto para el Ejercicio Año 2021, aprobado mediante Ordenanza Nº 4659, en fecha 22/12/2020 y puesto en vigencia a partir del día 01 de Enero de 2021, y;
Considerando: Que al sancionarse el Presupuesto para el Ejercicio Año 2021, no se incluyeron, en el mismo, los Créditos de la Partida correspondientes a Convenios celebrado por esta Municipalidad con distintos entre provinciales y/o nacionales y otras que fueron creadas con fines específicos y que al días 31 de Diciembre del 2020 resultaron con excedentes.
Que corresponde habilitar para el Ejercicio Año 2021 los créditos de las partidas correspondientes a cuentas especiales creadas por Ordenanza o como resultado de Convenios con fines específicos por el excedente no utilizado al día 31 de Diciembre de 2020 o aquellos cuyas licitaciones se encuentran en proceso de adjudicación o ejecución.
Que el Art. 17º de la Ordenanza 4659 dispone: “Autorícese al Poder Ejecutivo a modificar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, incorporando las partidas especiales necesarias o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones financiadas por recursos o financiamiento:
- Provenientes de operaciones de crédito público con organismos multilaterales o cualquier otro que tenga autorización legislativa.
Provenientes de donaciones, herencias o legados a favor del Estado Municipal, con destino específico, a excepción de los considerandos “Fondos de Terceros” por el art.85 de la Ley Nº 8706.
- Provenientes de remanentes de recursos afectados provinciales, nacionales o internacionales de ejercicios anteriores, estos últimos a tramitar en la medida que corresponda.
- Provenientes de recursos originados en Leyes que tengan afectación específica por Leyes Provinciales o adhesiones a Leyes, convenios o decretos nacionales con vigencia en el ámbito provincial. Como así también los aportes no reintegrables del Gobierno Nacional o de otros entes afectados a fines específicos.
- Provenientes de recursos de la Nación, con los orígenes descriptos en el punto d).
- Que provengan de empréstitos autorizados en Leyes especiales o Leyes de Presupuesto, contraídos en ejercicios anteriores y cuando se haya producido el efectivo ingreso. La reglamentación establecerá el modo de instrumentar las modificaciones a que se refiere este art.”.
Que el Art. 21º de la mencionada Ordenanza establece: “Facúltase al D.E. Municipal a reforzar los créditos de las partidas de Erogaciones Corrientes y de Erogaciones de Capital, de la Jurisdicción 01 (D.E.) y de la Jurisdicción 02 (H.C.D.), que durante el desarrollo del ejercicio resulten insuficientes, mediante la reducción de las partidas de Erogaciones Corrientes o Erogaciones de Capital que resulten con excedentes o economías. No podrán transferirse a partidas de Erogaciones Corrientes los excedentes de créditos asignados a Erogaciones de Capital. Este movimiento deberá informarse al H.C.D. dentro de los treinta (30) días posteriores de producido el mismo.”.
Que por todo lo expuesto anteriormente, resulta necesario modificar el Presupuesto de Gastos y el Cálculo de Recursos en vigencia.
Por Ello: El Intendente Municipal – Decreta
Art.1º.- Modifícase el Presupuesto de Gastos en vigencia en la forma que se detalla a continuación:
Presupuesto de Gastos: Partidas a Crear o Ampliar
U.Gest. Clas.Eco. Detall.Partida Importe
TRANSF.CORRIENTES
1601020 43141800 Nuevas Redes P/Mujeres 155.500,00
SERV. GRALES.
1301010 41313900 Regul.Deudas Ord.3217 2.116.148,33
BIENES DE CAPITAL
1206020 51110200 Moblaje 234.500,00
T.P. OBRAS POR ADMINIST.
1405030 51210500 Refunc. Merc. Mcpal. 3.771.999,95
T.P. OBRAS POR CONTRATO
1405030 51221300 Urban. Bº Rodriguez 1.618.603,51
TOTAL A AMPLIAR/CREAR 7.896.791,79
Presupuesto de Gastos: Partidas a Reducir
U.Gest. Clas.Eco. Detall.Partida Importe
T.P. OBRAS POR CONTRATO
1405030 51211300 Ref.Casa Salonia 500.000,00
TRANSF. CORRIENTES
1601020 43141800 Nuevas Redes P/Mujeres 234.500,00
TOTAL A REDUCIR 734.500,00
Art.2º.- Modifícase el Cálculo de Recursos en vigencia en la forma que se detalla a continuación:
Cálculo de Recursos: Partidas a Crear
Sec. Org. Sec. P.Prin. Detall.Partida Importe
6 3 2 00.00.00 USO CRED. A CORTO PLAZO
6 3 2 01.03.00 Uso Créd.Prov. y Contr. 2.116.148,33
6 3 7 00.00.00 REMA. EJER.ANTERIOR
6 3 7 00.03.00 Ap.Min.Infr. y Energ. 1.118.603,51
6 3 7 00.04.00 Ap.FIDES Prog.Nue.Redes 155.500,00
6 3 7 00.05.00 Refunc. Merc.Mcpal. 3.771.999,95
TOTAL A AMPLIAR 7.162.251,79
Art.3º.- Contaduría General procederá a efectuar las registraciones contables de norma.-
Art.4º.- El Presente Decreto se dicta Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante.-
Art.5º.- C., P. y D. al D.E. …”.-
ARTICULO 2°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.