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Reducir IVA Prestadores Turísticos

R E S O L U C I O N   5328-22

VISTO: El Expte. 2022-07369368- -GDEMZA-HCD#ALVEAR, por el cual se Solicita Reducir IVA Prestadores Turísticos, y;

CONSIDERANDO: La inquietud-propuesta del sector Turístico Departamental referido al Impuesto Valor Agregado.

Que a través de una nota de fecha 28 de setiembre, el sector turístico, compuesto por integrantes de la Cámara de Turismo, prestadores de servicios turísticos como alojamientos, gastronómicos, comercios, solicitan el respaldo, y adhesión a una petición realizada oportunamente a la Presidencia de la Nación, que consiste en la reducción de la alícuota del I.V.A. (Impuesto Valor Agregado) del 21% al 10,5%.

Que fundamentan su petición, en beneficio como la generación de empleo, ingreso de divisas al país, siendo también un beneficio para los consumidores, todo a través de la actividad turística.

Que desde la Comunidad Europea ya vienen aplicando este tipo de medidas económicas, con la experiencia con resultados altamente positivos en cuanto a las economías locales, generando una fuente de importancia de divisas y un dinamismo que impacta en la ciudadanía.

Que en nuestro país, la Federación Empresaria Hotelera y Gastronómica de la República Argentina (F.E.H.G.R.A.) vienen trabajando a través de datos e indicadores que permiten analizar y evaluar de manera positiva que la medida de
reducción en el IVA al cincuenta por ciento es viable y beneficioso para la ciudadanía, comercios, y prestadores turísticos.

Que esta medida impacta cuantitativamente en la recaudación impositiva, en más empleo y más consumo, tanto por el turista como la ciudadanía que obtiene un trabajo o se dedica al emprededurismo de distintas alternativas que permite la
industria sin humo como lo es el turismo.

Que Mendoza es una provincia que viene desarrollando el turismo de manera sustentable y sostenida desde sus comienzos como una matriz productiva, que se consolida sobre otras actividades económicas.

Que el extenso territorio y sus diferentes morfologías tanto naturales como también productivas como lo son los emprendimientos agrícolas, organizados geográficamente en regiones y sus respectivos departamentos, el turismo ha tenido su crecimiento constante y como una actividad económica que permite
sostener económicamente a muchas familias, generando empleos y beneficiando también a los comercios y servicios que utilizan y consumen los turistas.


Que cada departamento tiene sus beneficios por las diferentes políticas públicas orientadas al turismo, y que es oportuno buscar estrategias que nos permitan el desarrollo local de manera sustentable, como en este caso se peticionen a las
Autoridades Nacionales para que disponga esta herramienta que ayude a este sector cada vez más importante en la economía de la provincia de Mendoza y el país.

Que atendiendo a la petición de los distintos actores de nuestra comunidad que desarrollan esta noble y redituable actividad, es procedente sancionar la norma pertinente, acudiendo directamente al titular del Poder Ejecutivo Nacional, Sr Presidente de la República Argentina Dr. Alberto Fernández instruya al Ministro
de Economía, para que en un tiempo perentorio proceda a atender la petición del sector turístico de General Alvear, provincia de Mendoza, en consonancia con lo solicitado por F.E.H.G.R.A. (Federación Empresaria Hotelera y Gastronómica de la República Argentina).

POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Gral. Alvear, Mza.; en uso de sus atribuciones:

R E S U E L V E 

ARTICULO 1º).- Solicitar a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación, procedan a acceder a lo solicitado por la Federación Empresaria Hotelera y Gastronómica de la República Argentina (F.E.H.G.R.A.) y el sector Turístico de General Alvear (Mza.), consistente en la Reducción del I.V.A. del 21% al 10,50 % a toda la actividad que desarrolle el turismo en todo el territorio de la República Argentina.

ARTICULO 2°).- Comuníquese, Publíquese y Dése al D.M.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GENERAL ALVEAR, MENDOZA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.- – – – – – – –